Poder Judicial de Río Negro


Datos del Expediente


Datos del Expediente

Nro. ReceptoríaZ-2RO-364-AM2015
Nro. 1ra. InstanciaZ-2RO-364-AM3-15
Nro. 2da. InstanciaSin Datos
Nro. 3ra. InstanciaSin Datos
CarátulaMUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA S/ AMPARO COLECTIVO(c) (JUJUY Y C21, LEY B 2779, ARSA, PROVINCIA DE RIO NEGRO, DPA)
Tipo de ProcesoAMPARO COLECTIVO(c)

Movimiento

Movimiento

DescricpiónINTERLOCUTORIA. DESIGNA PERITO. RECONOCIMIENTO JUDICIAL
Fecha Proveído24/11/2015
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº3 - General Roca

Texto del Proveido

Texto del Proveido



General Roca, 24 de noviembre de 2015.-
AUTOS Y VISTOS: Los presentes caratulados "MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA S/ AMPARO COLECTIVO (LEY B 2779, ARSA, PROVINCIA DE RIO NEGRO, DPA)" (Exp. Z-2RO-364-AM3-15, Z-2RO-364-AM2015), del registro de este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería nº 3 de esta ciudad, a mi cargo, y:-
CONSIDERANDO:-
I.- Atento el tiempo transcurrido desde el inicio de estas actuaciones, lo hasta aquí obrado y recolectado, audiencias celebradas, lo informado por otro a fs. 737/745 por el D.P.A. y silencio guardado ante la vista de fs. 746, estimo conveniente hacer uso de las facultades conferidas por el art. 17 de la Ley B 2779 y 479 del C.P.C.C. -por aplicación analógica al caso- y a los fines de contar con mayores elementos para resolver en definitiva, decretando en consecuencia el reconocimiento de los lugares que son objeto de este litigio.-
A tales fines y siendo indispensable contar con elementos cognoscitivos que redunden en una mayor eficacia de tal medio, he de designar para intervenir en esta causa y para tal medida al perito Ingeniero Civil Mario Carosanti -con domicilio constituido en calle Artigas 1236 de esta ciudad-, quien deberá aceptar el cargo para el cual fuera designado dentro de los dos días de notificado.-
Hágase saber tanto al profesional designado como a las partes y demás interesados, que el objeto de tal reconocimiento recaerá en observar y reconocer:-
I.- las características técnicas de las conexiones que corren en forma paralela a Ruta Nacional 22 entre calle Mendoza y Jujuy -desagüe pluvial C21- y sobre calle Jujuy -PV-: materiales constructivos que en la actualidad componen tales trayectos; descripción de las instalaciones y/u obras en el lugar, existencia de riesgos negativos para el ambiente -agua, suelo, aire- y en su caso cuáles; estado actual de las conexiones y/u obras, descripción;
II.- para que el perito brinde detalles sobre el comportamiento de tales materiales:
a.-frente a factores externos: concretamente cómo inciden los factores climáticos de la zona, tránsito vehicular y/o cualquier otro factor de relevancia que directa y/o indirectamente puedan afectar en forma irregular las conexiones y/u obras;
b.- frente a la naturaleza, características y volumen de los líquidos allí transportados;
III.- presencia de vertidos y/o pérdidas de líquidos provenientes de tales conexiones y/o en las obras, by pass;
IV.- en su caso, cómo repercute, incide y/o compromete el funcionamiento general de tales conexiones y/u obras;
V.- localización de la zona afectada/receptora de tales derrames, y/o filtraciones de líquidos, y volumen en su caso;
VI.- evaluación de posibles riesgos ante la posiblidad de escurrimiento de tales líquidos; en su caso: sector o zona de esta ciudad afectada o que podría verse afectada a futuro, sus características habitacionales; comportamiento de los derrames, pérdidas y/o filtraciones ante escurrimiento de tales líquidos por presencia de pendientes naturales y/o de cualquier otro tipo; descripción de las pendientes, de su estado y problemática si existiere;
VII.- si se han efectuado rasados en tales sectores, calidad del escurrimiento de tales aguas; presencia o no de malezas, barros, y/o sedimentos en el lugar; inconvenientes y soluciones factibles;
VIII.- descripción de las características técnicas y de funcionamiento del/los by pass -calle Jujuy-; capacidad;
IX.- descripción sobre las medidas, obras, instalaciones y/o de posibles alternativas que existen en el lugar en el que se ha/han instalado para la resolución de posibles interferencias en su funcionamiento -con referencia al by pass-;
X.- descripción de las obras en actual curso de ejecución; su grado de avance; medidas de seguridad e higiene implementadas; existencia de riesgos, en su caso cuáles.-
Hágase saber que el objeto descripto podrá ser ampliado en oportunidad de llevarse a cabo la diligencia, acto al que podrán concurrir los interesados que así lo estimen y que para ello se fija fecha para el día 04 de diciembre del corriente año a las 8,00 hs., comenzando la medida en calle Mendoza y Ruta Nacional 22.-
Por último, considerando tanto la complejidad de la medida y contemplando su futuro control, utilización y revisión en su caso, requiérase en forma urgente y con preferente y pronto despacho la previa autorización administrativa a los fines que contar este organismo el día y a la hora señalada, con un medio audiovisual para la filmación total de tal acto -y su posterior reserva y resguardo-. A tales fines, comuníquese por Secretaría y vía correo electrónico, siguiendo para ello la vía administrativa que corresponda. TODO LO QUE ASÍ RESUELVO. REGÍSTRESE. HÁGASE SABER Y NOTIFÍQUESE EN LO PERTINENTE -perito-.-
Andrea V. de la Iglesia
Jueza