Poder Judicial de Río Negro


Datos del Expediente


Datos del Expediente

Nro. ReceptoríaH-1SAO5-C2016
Nro. 1ra. Instancia0283/2016
Nro. 2da. InstanciaSin Datos
Nro. 3ra. InstanciaSin Datos
CarátulaGEMIGNANI MARIA LILIANA Y OTROS C/ MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE S/ AMPARO COLECTIVO(c)
Tipo de ProcesoAMPARO COLECTIVO(c)

Movimiento

Movimiento

DescricpiónPROVIDENCIA POR CONTESTADO EL RECURSO - TRASLADO
Fecha Proveído07/11/2016
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia Nº 9 - San Antonio Oeste

Texto del Proveido

Texto del Proveido

EXPTE.: 0283/2016
AUTOS: "GEMIGNANI MARIA LILIANA Y OTROS C/ MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE S/ AMPARO (cc)"

San Antonio Oeste, de noviembre de 2016.-
Proveyendo a fs. 19/20, agréguese cédula diligenciada y notificada.-
Proveyendo a fs. 21/43, téngase a la Mutual del Personal Jerárquico y Profesional de Petróleo y Gas Privado, por presentado, parte en el carácter invocado, por constituido domicilio procesal y electrónico y denunciado real. Agréguese la documentación acompañada y en relación a las copias que en dos cajas dicen "Mutual del Personal Jerárquico y Profesional de Petróleo y Gas Privado, Obra Las Grutas y Planos Obras Las Grutas, atento ser copia simple, devuélvase a su presentante bajo debida constancia.-
Por ofrecida la prueba, téngase presente.-
Por interpuesta revocatoria y apelación y nulidad en subsidio contra la resolución de fs. 14/15. Sin perjuicio del acotado marco de la vía procesal del Amparo Ambiental Ley B 2779 y a los fines del debido ejercicio del derecho de defensa de las partes consagrado en la Constitución Nacional, córrase traslado a la actora por el término de ley. Notifíquese por secretaría con habilitación de días y horas.-
Proveyendo a fs. 44, téngase por presentado con debido patrocinio y por constituido domicilio y denunciado el real. Notifíquese.-
Proveyendo a fs. 45/115, y previo a resolver lo que corresponda, estése a la recepción de la cédula de notificación.-
En igual sentido y a los fines previstos por el Art. 16 de la Ley B 2779, estése a la recepción de la cédula de notificación.-

K. Vanessa Kozaczuk
Jueza