Poder Judicial de Río Negro


Datos del Expediente


Datos del Expediente

Nro. ReceptoríaH-1SAO5-C2016
Nro. 1ra. Instancia0283/2016
Nro. 2da. InstanciaSin Datos
Nro. 3ra. InstanciaSin Datos
CarátulaGEMIGNANI MARIA LILIANA Y OTROS C/ MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE S/ AMPARO COLECTIVO(c)
Tipo de ProcesoAMPARO COLECTIVO(c)

Movimiento

Movimiento

DescricpiónPROVIDENCIA POR CONTESTADO TRASLADO. OFICIO LIBRADO
Fecha Proveído15/11/2016
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia Nº 9 - San Antonio Oeste

Texto del Proveido

Texto del Proveido

EXPTE.: 0283/2016
AUTOS: "GEMIGNANI MARIA LILIANA Y OTROS C/ MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE S/ AMPARO (cc)".-

San Antonio Oeste, de noviembre de 2016.-
Proveyendo a fs. 134 y Vta., oficio librado enviado vía mail a la Oficina de Mandamiento y Notificaciones de Viedma.-
Proveyendo a fs. 135/138, por contestado el traslado conferido en tiempo y forma. Atento a que se ha invocado el Art. 48, ratifíquese lo actuado en el plazo de 24 hs., de notificada la presente por ministerio legis.-
Sin perjuicio de lo expuesto, y en atención a la naturaleza de la presente acción, teniendo en cuenta la celeridad que tiene el trámite del amparo, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 43 de la Constitución Provincial y leyes 2921 y 2779, a los fines de resolver, estése a la audiencia fijada.-
Proveyendo a fs. 139/140, agréguese informe remitido en contestación al Oficio 120/2016. Estése a la recepción de su original. Resérvese en Secretaría la documentación acompañada.-
Proveyendo a fs. 141, por ratificada la gestión invocada a fs. 135.-
Proveyendo a fs. 142, agréguese cédula diligenciada y notificada.-

K. Vanessa Kozaczuk
Jueza


San Antonio Oeste, de noviembre de 2016.-
Constancia: de haber efectuado la reserva bajo el numero de expte. de autos.-

F. Daniel Gutierrez
Secretario