Poder Judicial de Río Negro
Datos del Expediente
Datos del Expediente
Nro. Receptoría | H-1SAO5-C2016 |
Nro. 1ra. Instancia | 0283/2016 |
Nro. 2da. Instancia | Sin Datos |
Nro. 3ra. Instancia | Sin Datos |
Carátula | GEMIGNANI MARIA LILIANA Y OTROS C/ MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE S/ AMPARO COLECTIVO(c)
|
Tipo de Proceso | AMPARO COLECTIVO(c) |
Movimiento
Movimiento
Descricpión | PROVIDENCIA POR CONTESTADO TRASLADO. OFICIO LIBRADO
|
Fecha Proveído | 15/11/2016 |
Organismo | Juzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia Nº 9 - San Antonio Oeste |
Texto del Proveido
Texto del Proveido
EXPTE.: 0283/2016
AUTOS: "GEMIGNANI MARIA LILIANA Y OTROS C/ MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE S/ AMPARO (cc)".-
San Antonio Oeste, de noviembre de 2016.-
Proveyendo a fs. 134 y Vta., oficio librado enviado vía mail a la Oficina de Mandamiento y Notificaciones de Viedma.-
Proveyendo a fs. 135/138, por contestado el traslado conferido en tiempo y forma. Atento a que se ha invocado el Art. 48, ratifíquese lo actuado en el plazo de 24 hs., de notificada la presente por ministerio legis.-
Sin perjuicio de lo expuesto, y en atención a la naturaleza de la presente acción, teniendo en cuenta la celeridad que tiene el trámite del amparo, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 43 de la Constitución Provincial y leyes 2921 y 2779, a los fines de resolver, estése a la audiencia fijada.-
Proveyendo a fs. 139/140, agréguese informe remitido en contestación al Oficio 120/2016. Estése a la recepción de su original. Resérvese en Secretaría la documentación acompañada.-
Proveyendo a fs. 141, por ratificada la gestión invocada a fs. 135.-
Proveyendo a fs. 142, agréguese cédula diligenciada y notificada.-
K. Vanessa Kozaczuk
Jueza
San Antonio Oeste, de noviembre de 2016.-
Constancia: de haber efectuado la reserva bajo el numero de expte. de autos.-
F. Daniel Gutierrez
Secretario