Poder Judicial de Río Negro
Datos del Expediente
Datos del Expediente
Nro. Receptoría | Sin Datos |
Nro. 1ra. Instancia | 40233 |
Nro. 2da. Instancia | Sin Datos |
Nro. 3ra. Instancia | Sin Datos |
Carátula | MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA C/ PEGO S.A. S/ AMPARO COLECTIVO(c)
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Tipo de Proceso | AMPARO COLECTIVO(c) |
Movimiento
Movimiento
Descricpión | NO HA LUGAR//ESTÉSE//HÁGASE SABER//AGREGA CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN
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Fecha Proveído | 27/10/2017 |
Organismo | Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº3 - General Roca |
Texto del Proveido
Texto del Proveido
Expte:MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA C/ PEGO S.A. S/ AMPARO COLECTIVO(c)
Nro: 40233
General Roca, 27 de octubre de 2017.-w
Proveyendo a fs. 1207/1208 (Pego S.A.): a las autorizaciones solicitadas no ha lugar por innecesarias.
Estése a los términos de las resoluciones de fs. 1129/1130 (de fecha 28/8/17) y 1205 (de fecha 20/10/17). En consecuencia, acredite debidamente la empresa/empresas que realizarán las labores para lograr el cumplimiento de lo sentenciado, debiendo la misma atenerse rigurosamente al Plan de Acción de fs. 1200/1202 y con soporte en los lineamientos de la Resolución 1102/2004 del Ministerio de Energía de la Nación (memoria).
Hágase saber que, atento la fecha de notificación de lo resuelto a fs. 1205 (dicha fecha es el 24/10/17, conforme constancia de fs. 1210) le restan dos días para cumplir con lo allí ordenado. Es decir que de no cumplir, el día 1/11/2017 - después de las dos primeras horas de gracia- se hará efectivo el apercibimiento dispuesto a fs. 1205 vta., punto b.
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza