Poder Judicial de Río Negro


Datos del Expediente


Datos del Expediente

Nro. ReceptoríaS-2RO-9-C2016
Nro. 1ra. InstanciaS-2RO-9-C5-16
Nro. 2da. InstanciaSin Datos
Nro. 3ra. InstanciaSin Datos
CarátulaFISCALIA DE CAMARA N°3 (G.R.) C/ DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS Y A.R.S.A. S/ AMPARO COLECTIVO(c) (EX BERROS JOSE LUIS)
Tipo de ProcesoAMPARO COLECTIVO(c)

Movimiento

Movimiento

DescricpiónDEVUELVE EXPEDIENTE. PREVIO MANIFIESTEN
Fecha Proveído15/02/2018
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº5 - General Roca

Texto del Proveido

Texto del Proveido

/// NERAL ROCA, 15 de febrero de 2.018
Por devuelto el expediente.
Hágase saber a la letrada que en lo sucesivo debe reintegrar el expediente en debida forma, atento a que el mismo se encontraba indebidamente cocido y armado.
Atento a que el expediente fue retirado por la letrada el 09/5/2017, sin registrar peticiones ni movimientos por parte los amparistas, manifiesten si los hechos denunciados mantienen vigencia, y en su caso expliquen los motivos por los cuales el trámite no se ha impulsado, considerando los intereses colectivos en juego que representan y las consecuecias de la cosa juzgada que recaerá en estos autos. Hágase saber que atento no haber unificado personería conforme fuera requerido, las presentaciones que se efecuten en calidad de gestor procesal deben ser ratificadas por los presentantes de fs. 250/266.
Hágase saber a los presentantes de fs. 270 que esgrimen la calidad de consejales que la legitimación que se les ha conferidos es en calidad de vecinos de la ciudad de General Roca.
En cuanto a las cédulas acompañadas, atento el tiempo transcurrido sin que se cumplieran los previos, hágase saber que al haberse implementado el sistema de notificaciones electronicas, las mismas deberán diligenciarse por tal medio. En consecuencia devuelvase al presentante las cedulas acompañadas a confronte.
Previo al libramiento de los edictos acompañados, cumplan con lo ordenado en el tercer parrafo.


LAURA FONTANA
JUEZ