Poder Judicial de Río Negro
Datos del Expediente
Datos del Expediente
Nro. Receptoría | S-2RO-15-C2017 |
Nro. 1ra. Instancia | S-2RO-15-C9-17 |
Nro. 2da. Instancia | Sin Datos |
Nro. 3ra. Instancia | Sin Datos |
Carátula | OPORTO JEANNETTE MONICA y OTROS C/ CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACION S/ AMPARO COLECTIVO(c) (MENORES-DOS CUERPOS)
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Tipo de Proceso | AMPARO COLECTIVO(c) |
Movimiento
Movimiento
Descricpión | AUDIENCIA ORDENA PERICIA CERTIFICACION HAGASE SABER
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Fecha Proveído | 12/03/2018 |
Organismo | Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº9 - General Roca |
Texto del Proveido
Texto del Proveido
En la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro, a los 12 días del mes de Marzo de 2.018, siendo las 08:35 horas comparecen ante mi Secretaria Autorizante los Sres. Carlos Tolosa DNI N° 21.529.821, y el Sr. César Mario Floriani DNI N° 17.720.172, quienes comparecen ante en calidad de Director de la Escuela N° 317 y Supervisor Zonal de la ciudad de General Roca, respectivamente.- En estado los presentantes manifiestan: Que venimos a manifestar nuestra preocupación respecto del comienzo el ciclo lectivo, dado que las condiciones del establecimiento deberían ser verificadas por un profesional idóneo en la materia que determine las garantías de seguridad para alumnos, docentes y porteros, en virtud de la nota N° 528/18 del Consejo Escolar Alto Valle Este I en la que expresa que se daría inicio al dictado de clases el dia 13 de marzo del corriente.- Aclaramos que los padres, docentes y el personal de apoyo están pidiendo garantías de seguridad para la concurrencia propia y la de sus hijos al establecimiento, garantías que nosotros no podemos brindar en virtud de que nos excede.- Reconocemos un avance en la obra pero no podemos certificar que estén dadas las condiciones para el inicio del ciclo escolar.- Dejamos aclarado que ésta misma situación que exponemos está en conocimiento el sindicato docentes UNTER.-
No siendo para mas y finalizado el acto previa lectura y ratificación de la presente acta firman los comparecientes por ante mi de lo que doy fe.- General Roca, 12 de marzo de 2.018.-
Atento lo expresado por el Director del Establecimiento, Supervisor Zonal y los padres de los niños que concurren a la institución, a los efectos de constatar si la Escuela Primaria N° 317 de la ciudad de General Roca se encuentra con condiciones de seguridad para la comunidad educativa (docente y alumnos) a los fines de dar inicio al ciclo lectivo, como medida de mejor proveer, desígnase al PERITO ING. ALBERTO JULIO DELORD con domicilio en calle 9 de Julio N° 541 1° Piso Of.4 de ésta ciudad, quien previa aceptación del cargo en el plazo de DOS (2) DÍAS, deberá concurrir al establecimiento y verificar e informar lo siguiente:
1) Si en el estado en que se encuentra el establecimiento se encuentra asegurada la integridad física de las personas que deben concurrir al mismo.-
2) En su caso informe cúales son las deficiencias edilicias que presenta.-
3) Describa qué obras son necesarias para su solución y tiempo que demanda las mismas.
4) Informe el avance de la obra en los distintos sectores y qué tareas se encuentran pendientes para su finalización.
Considerando que hasta la fecha no se ha dado cumplimiento al informe requerido al Ministerio de Educación de la Provincia de Río Negro, y el inminente inicio de las clases, siendo necesario constatar lo requerido por los directivos, supervisor y padres, decrétese como medida cautelar la suspensión del inicio de las clases en el establecimiento, hasta tanto el perito designado presente el informe requerido precedentemente.-
Dése intevención a la Sra. Defensora de Menores y notifiquese con habilitación de dias y horas inhabiles al Ministerio de Educación de la Provincia de Río Negro; al Gobernador de la Provincia de Río Negro, Fiscalia de Estado y al Dr Urra, letrado de los amparistas presentados en autos.-
Sin perjuicio de las medidas decretadas anteriormente, intímese al Ministerio de Educación de la Provincia de Río Negro, informe en el plazo de DOS (2) el avance de las obras realizadas hasta el momento, obras que restarían ejecutar, y fecha estimativa de culminación total de la reparación edilicia de la Escuela Primaria N° 317 de la ciudad de General Roca, bajo apercibimiento de resolver en consecuencia.- Notífiquese.-
LAURA FONTANA
JUEZ SUBROGANTE
CERTIFICO: De haberme comunicado telefónicamente con el Sr. Carlos Tolosa, Director de la Escuela Primaria N° 317, el Supervisor de nivel Sr. Floriani, y el perito Delord, a los fines de anoticiarlos de lo resuelto precedemente.-
Secretaria; 12 de Marzo de 2.018.-
ROMINA PAULA ZILVESTEIN
SECRETARIA
General Roca; 12 de Marzo de 2.018.-
Agréguese el informe presentado por la Arquitecta Martinez y hágase saber a los amparistas.-
Sin perjuicio de lo informado, estése al dictamen pericial que presentará el perito designado en autos.-
LAURA FONTANA
JUEZ SUBROGANTE