Poder Judicial de Río Negro


Datos del Expediente


Datos del Expediente

Nro. ReceptoríaH-1SAO22-C2017
Nro. 1ra. Instancia1746/2017
Nro. 2da. InstanciaSin Datos
Nro. 3ra. InstanciaSin Datos
CarátulaCAJARVILLE CARLOS ALBERTO Y OTROS C/ AGUAS RIONEGRINAS (DELEGACION LAS GRUTAS) Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE S/ AMPARO COLECTIVO(c)
Tipo de ProcesoAMPARO COLECTIVO(c)

Movimiento

Movimiento

DescricpiónAGREGUESE. POR PRESENTADA. TRASLADO
Fecha Proveído19/03/2018
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia Nº 9 - San Antonio Oeste

Texto del Proveido

Texto del Proveido

EXPTE.: 1746/2017
AUTOS: "CAJARVILLE CARLOS ALBERTO Y OTROS C/ AGUAS RIONEGRINAS (DELEGACION LAS GRUTAS) Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE S/ AMPARO (cc)".-

San Antonio Oeste, de marzo de 2018.-
Proveyendo a fs. 90, por recibido escrito vía mail sin firma digital. Hágase saber al Dr. Carlos Alberto CAJARVILLE que deberá darse cumplimiento con el Art. 118 inc 3, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 120 del CPCC.-
Proveyendo a fs. 91, agréguese cédula notificada.-
Proveyendo a fs. 92/95, por presentada. Agréguese la documental acompañada. Hágase saber que deberá constituir domicilio electrónico y procesal en el radio urbano del Juzgado. Del planteo de nulidad de la notificación, traslado a la contraria por el término de ley. Notifíquese.-

K. Vanessa Kozaczuk
Jueza