Poder Judicial de Río Negro
Datos del Expediente
Datos del Expediente
Nro. Receptoría | H-1SAO22-C2017 |
Nro. 1ra. Instancia | 1746/2017 |
Nro. 2da. Instancia | Sin Datos |
Nro. 3ra. Instancia | Sin Datos |
Carátula | CAJARVILLE CARLOS ALBERTO Y OTROS C/ AGUAS RIONEGRINAS (DELEGACION LAS GRUTAS) Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE S/ AMPARO COLECTIVO(c)
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Tipo de Proceso | AMPARO COLECTIVO(c) |
Movimiento
Movimiento
Descricpión | AGREGUESE. POR PRESENTADA. TRASLADO
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Fecha Proveído | 19/03/2018 |
Organismo | Juzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia Nº 9 - San Antonio Oeste |
Texto del Proveido
Texto del Proveido
EXPTE.: 1746/2017
AUTOS: "CAJARVILLE CARLOS ALBERTO Y OTROS C/ AGUAS RIONEGRINAS (DELEGACION LAS GRUTAS) Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE S/ AMPARO (cc)".-
San Antonio Oeste, de marzo de 2018.-
Proveyendo a fs. 90, por recibido escrito vía mail sin firma digital. Hágase saber al Dr. Carlos Alberto CAJARVILLE que deberá darse cumplimiento con el Art. 118 inc 3, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 120 del CPCC.-
Proveyendo a fs. 91, agréguese cédula notificada.-
Proveyendo a fs. 92/95, por presentada. Agréguese la documental acompañada. Hágase saber que deberá constituir domicilio electrónico y procesal en el radio urbano del Juzgado. Del planteo de nulidad de la notificación, traslado a la contraria por el término de ley. Notifíquese.-
K. Vanessa Kozaczuk
Jueza