Poder Judicial de Río Negro


Datos del Expediente


Datos del Expediente

Nro. ReceptoríaH-1SAO22-C2017
Nro. 1ra. Instancia1746/2017
Nro. 2da. InstanciaSin Datos
Nro. 3ra. InstanciaSin Datos
CarátulaCAJARVILLE CARLOS ALBERTO Y OTROS C/ AGUAS RIONEGRINAS (DELEGACION LAS GRUTAS) Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE S/ AMPARO COLECTIVO(c)
Tipo de ProcesoAMPARO COLECTIVO(c)

Movimiento

Movimiento

DescricpiónDIFIERE PARA DEFINITIVA. LIBRA OFICIOS. FIJA AUDIENCIA
Fecha Proveído13/08/2018
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia Nº 9 - San Antonio Oeste

Texto del Proveido

Texto del Proveido

EXPTE.: 1746/2017
AUTOS: "CAJARVILLE CARLOS ALBERTO Y OTROS C/ AGUAS RIONEGRINAS (DELEGACIÓN LAS GRUTAS) Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE S/ AMPARO (cc)".-

San Antonio Oeste, de agosto de 2018.-
Toda vez que de los términos de la excepción interpuesta a fs. 521/527 y la contestación de traslado de fs. 531/533, se verifican circunstancias que hacen imposible su resolución como de previo y especial pronunciamiento, cuestión ésta que siempre debe ser verificada y atento el tipo de proceso articulado, corresponde diferir su tratamiento para el momento de dictar sentencia definitiva.-
A lo demás, téngase presente lo manifestado por los amparistas respecto de la propuesta de la Municipalidad de San Antonio Oeste. Líbrese oficios conforme se solicita y a los fines peticionados.-
Téngase presente la oposición formulada respecto de la propuesta agregada a autos por parte de la Fiscalía de Estado de la Provincia de Rio Negro. En consecuencia y en función de lo prescripto por el Art. 36 del CPCC, fíjase audiencia para el día 5 de septiembre a las 12:00 hs. Notifíquese.-

K. Vanessa Kozaczuk
Jueza