Poder Judicial de Río Negro


Datos del Expediente


Datos del Expediente

Nro. ReceptoríaS-2RO-13-C2017
Nro. 1ra. InstanciaS-2RO-13-J9-2017
Nro. 2da. InstanciaSin Datos
Nro. 3ra. InstanciaSin Datos
CarátulaMUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA Y OTROS C/ AGUAS RIONEGRINAS Y DPTO.PROVINCIAL DE AGUAS S/ AMPARO COLECTIVO(c) (SEIS CUERPOS - P/C Q-2RO-145-C9-17)
Tipo de ProcesoAMPARO COLECTIVO(c)

Movimiento

Movimiento

DescricpiónAUDIENCIA CONCILIACIÓN
Fecha Proveído13/09/2018
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº9 - General Roca

Texto del Proveido

Texto del Proveido

En la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro, a los 13 días del mes de septiembre de 2.018, siendo las 10:00 horas comparecen ante mi SS el Dr. Santiago E. Silva apoderado de la Municipalidad de General Roca, Luis Valdes de la Dirección de Ambiente de Desarrollo Sostenible y Parques Industriales del Municipio, el Sr. Giacopino Luis Daniel representante de la asesoría legal de la Municipalidad de General Roca el dr. Pablo Forte y el dr. Francisco López Raffo ambos por ARSA., DPA, y la Provincia de Río Negro, -
Que la Municipalidad requiere a los efectos conciliatorios el cumplimiento de los presupuestos necesarios para garantizar el funcionamiento ininterrumpido de la planta de líquidos cloacales determinados a fs. 1873 último párrafo.-
Que luego de intercambio de opiniones y sugerencias, las partes arriban al siguiente acuerdo en el marco de la conciliación del presente trámite de amparo.
- Punto 1: ARSA, DPA, y la Provincia de Río Negro se comprometen a mantener en la temporada estival (verano) un equipo electrógeno permanente que garantice el suministro eléctrico, para el sistema de tratamiento de la planta, y durante el resto del año se proveerá el generador ante cortes de electricidad que superen las 5 horas.-
- Punto 2: ARSA se compromete a arbitrar los medios necesarios para el tratamiento adecuado de los líquidos cloacales, realizando los análisis de laboratorio mensuales, los que deberán ajustarse a la normativa vigente y haciendo entrega de los mismos a la Dirección de Ambiente de Desarrollo Sostenible y Parques Industriales del Municipio.-
- Punto 3: Las partes acuerdan realizar inspecciones periódicas y mensuales con la participación requerida por el Municipio de representantes técnicos de ARSA, DPA, Municipio y la Secretaría de Ambiente provincial. Acuerdan en este acto realizar una primera inspección para el día miércoles 26 de septiembre próximo a las 10 horas y las siguientes inspecciones se coordinarán en forma extrajudicial. Asimismo acuerdan que la Municipalidad podrá realizar inspecciones en cualquier momento, previo aviso a DPA que presta conformidad y que deberá arbitrar los mecanismos para garantizar el ingreso en el mismo día.
- Punto 4. ARSA, DPA, y la Provincia de Río Negro se comprometen a mantener en la planta el personal de guardia permamente requerido. Informando que el personal afectado a la planta es el agente Matías Crespo y los Agentes Cristian Leico y Cristian Farías.
Que habiéndose llegado a una conciliación respecto del presente trámite, a los fines de su cumplimiento la partes acuerdan la utilización de los mecanismos administrativos correspondientes, dejando expresa constancia que agotados los mismos y acreditado ello en debida forma se denunciará en el presente a los fines de ejecutar el acuerdo.-
No siendo para mas se da por terminado el acto firmando los comparecientes de conformidad.



VERÓNICA I.HERNANDEZ
JUEZ