Poder Judicial de Río Negro


Datos del Expediente


Datos del Expediente

Nro. ReceptoríaS-2RO-26-C2018
Nro. 1ra. InstanciaS-2RO-26-C9-18
Nro. 2da. InstanciaSin Datos
Nro. 3ra. InstanciaSin Datos
CarátulaFUNES MIRTA HAYDEE; BALMACEDA ROBERTO OMAR y OTROS C/ ARSA S/ AMPARO COLECTIVO(c) (Anterior Z-2RO-1296-AM9-18)
Tipo de ProcesoAMPARO COLECTIVO(c)

Movimiento

Movimiento

DescricpiónACTA AUDIENCIA
Fecha Proveído21/11/2018
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº9 - General Roca

Texto del Proveido

Texto del Proveido

En General Roca, Provincia de Rio Negro, a los 21 días del mes de noviembre de 2018, siendo las 12.00 hs, comparecen ante S.S. a los fines dispuestos por el art. 16 de la Ley 2779, los amparistas Sres. Mirta Haydee Funes y Roberto Omar Balmaceda con domicilio real denunciado, y José Alberto Perez con domicilio real en calle Neuquen 1775 de esta ciudad, Emilio Oscar Meheuech con domicilio real en calle Maipú 1424 de esta ciudad, Mirta Navarrete, con domicilio real 223bis 2416 de esta ciudad, Mariela Andrades, con domicilio real Mariano Moreno 1734 de esta ciudad, Nicolas Verdecchia, con domicilio real Mariano Moreno 1734 de esta ciudad, todos con el patrocinio letrado del dr. Adolfo Bonacchi, constituyendo nuevo domicilio a los efectos legales en calle San Martin 1083 de esta ciudad de General Roca; y en calidad de apoderados de la provincia de Rio Negro - Fiscalia de Estado- DPA y ARSA, el Dr. Pablo Forte y el dr. Enrique Llanos quienes comparecen acompañados del Sr. Ruben Medina, Ingeniero Civil (inspector de Obras de ARSA) y Adolfo Stefanich del area técnica de ARSA.
Abierto el acto, Sr. Ruben Medina, Ingeniero Civil (inspector de Obras de ARSA), continuando lo hablado en la audiencia anterior, dió explicaciones sobre la obra y sobre plazos de ejecución. Luego de un intercambio y a los efectos de lograr un acuerdo que de solución al amparo solicitado, expresamente indican y proponen los demandados a los efectos conciliatorios :
1) Que ha sido contratada la empresa que realizará la obra que dará solución a la problematica de los amparistas. La empresa contratada se denomina CSH SRL.. Que se esta gestionando el permiso ante la Municipalidad de General Roca para el comienzo de la obra. Que estiman que este permiso estará a mas tardar el próximo lunes 26 de noviembre. Obtenido el permiso, se procede a la apertura de los libros de obras y comenzará a correr el plazo de 90 días para la culminación de la obra, plazo sujeto a las condiciones estipuladas en el pliego para situaciones que ameriten alguna ampliación.-
En caso de que surga algún inconveniente con la otorgación del permiso municipal, se dará a conocer en forma inmediata al Juzgado, comprometiéndose a realizar la gestion necesaria para obtenerlo.
2) Los amparistas prestan conformidad el plazo indicado para la culminación de la obra y para el caso de incumplimiento solicitarán la aplicación de astreintes.
3) Que lo expresado precedentemente implica un acuerdo asumiendo la ARSA, DPA y la provincia de Río Negro, el compromiso a dar cumplimiento con una solución a los amparistas respecto a la problemática que diera inicio a esta acción, en el plazo propuesto.
En este acto se le requiere a los demandados adjunten al Tribunal, toda la documentación referente a la obra en cuestión (contrato, solicitud de permisos y partes pertinentes del pliego que haga a posibles ampliaciones de plazos de obra) en el término de cinco días bajo apercibimiento de imponerles una multa diaria por cada día de retardo.
Asimismo deberá presentar toda la documentación que se confeccione con posterioridad que resulte relevante y acredite el fiel cumplimiento de la obra, tales como: el plan de trabajo y certificados de obra y acta de finalización de obra con la conformidad de la Municipalidad.
No siendo para más, se da por finalizado el acto, firmando los comparecientes, previa lectura y ratificación, de lo que doy fe.






VERÓNICA I.HERNANDEZ
JUEZ