Poder Judicial de Río Negro
Datos del Expediente
Datos del Expediente
Nro. Receptoría | Q-1VI-5-C2018 |
Nro. 1ra. Instancia | Sin Datos |
Nro. 2da. Instancia | Sin Datos |
Nro. 3ra. Instancia | Sin Datos |
Carátula | SINDICATO DE TRABAJADORES JUDICIALES DE RIO NEGRO Y OTROS S/ AMPARO COLECTIVO(c)
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Tipo de Proceso | AMPARO COLECTIVO(c) |
Movimiento
Movimiento
Descricpión | P R O V I D E N C I A
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Fecha Proveído | 23/11/2018 |
Organismo | Unidad Jurisdiccional N° 3 - Ex Civil N° 3 - Viedma |
Texto del Proveido
Texto del Proveido
RECEPTORIA Q-1VI-5-C2018
SINDICATO DE TRABAJADORES JUDICIALES DE RIO NEGRO Y OTROS S/ AMPARO COLECTIVO(c)
Viedma, de noviembre de 2018.-
1.- Por devueltas las actuaciones principales.-
Agréguese la media carátula formada con las cédulas de notificaciones recibidas.-
2.- Proveyendo a fs. 29:
Por tomada intervención por parte de la sra. Defensora de Menores e Incapaces N° 3.-
Tiénese presente para su oportunidad lo manifestado.-
3.- Al escrito de fs. 135/146:
Por presentada la provincia de Río Negro, parte y constituido el domicilio.-
Agréguese la documental acompañada. De ella, de los planteos articulados en contestación y del pedido de citación como tercero -fs. 144 y vta., punto X-, córrase traslado a los Amparistas por el término de 48 horas. Notifíquese adjuntando las copias para traslado correspondientes (art. 135 del CPCC).-
Tiénese presente la reserva del Caso Federal efectuada en el punto XIV.-
Tiénese presente la autorización conferida en el punto XV.-
4.- Al escrito de fs. 155:
Por presentado el I.Pro.S.S., parte y constituido el domicilio.-
Agréguese la documental acompañada.-
Se observa que la documental identificada en Punto b) no ha sido acompañada tal como se manifiesta. Sin perjuicio de ello se advierte que dicha documental ha sido acompañada a autos por la provincia de Río Negro a fs. 45/133.-
Asimismo, de punto c) surge que se acompañan Notas varias de CAPRESA a I.Pro.S.S., cuando de la constatación de documental efectuada surge que se ha acompañado una sola nota.-
Aclárese al respecto en el plazo de 24 hs. Notifíquese vía telefónica al Director de Asuntos Jurídicos del I.Pro.S.S. a esos fines.-
Cumplido, de la documental y del descargo formulado, córrase traslado a los Amparistas por el término de 48 horas. Notifíquese adjuntado las copias para traslado correspondientes (art. 135 del CPCC).-
5.- Sustanciados que sean entre las partes los traslados ordenados precedentemente, se correrá nueva vista a la Defensora de Menores e Incapaces.-
Leandro Javier Oyola
Juez
Sr. Juez: Informo a Ud. que en el día de la fecha me comuniqué con el Dr. Mariano Gestoso quién me informó que sin perjuicio de lo que se ha expresado en su descargo la documentación acompañada es la que se corresponde al escrito presentado sin que sea necesario completar esa presentación con otra documentación.-
Armando Puñalef
Jefe de Despacho
Viedma, 23 de noviembre de 2018.-
Atento a lo informado y habiéndose cumplido con el último párrafo de Punto 4 de la providencia antecedente, córranse los traslados ordenados. Notificación a cargo de las demandadas.-
Leandro Javier Oyola
Juez