Poder Judicial de Río Negro
Datos del Expediente
Datos del Expediente
Nro. Receptoría | H-1SAO22-C2017 |
Nro. 1ra. Instancia | 1746/2017 |
Nro. 2da. Instancia | Sin Datos |
Nro. 3ra. Instancia | Sin Datos |
Carátula | CAJARVILLE CARLOS ALBERTO Y OTROS C/ AGUAS RIONEGRINAS (DELEGACION LAS GRUTAS) Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE S/ AMPARO COLECTIVO(c)
|
Tipo de Proceso | AMPARO COLECTIVO(c) |
Movimiento
Movimiento
Descricpión | AGREGA. POR CUMPLIMENTADO. TRASLADO
|
Fecha Proveído | 28/12/2018 |
Organismo | Juzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia Nº 9 - San Antonio Oeste |
Texto del Proveido
Texto del Proveido
EXPTE.: 1746/2017
AUTOS: "CAJARVILLE CARLOS ALBERTO Y OTROS C/ AGUAS RIONEGRINAS (DELEGACION LAS GRUTAS) Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE S/ AMPARO COLECTIVO(c)".-
San Antonio Oeste, de diciembre de 2018.-
Proveyendo a fs. 602, agréguese oficio N° 2929/2018, dirigido al Hospital de Las Grutas, con constancia de recepción por parte de dicha Institución acompañado.-
Proveyendo a fs. 603, agréguese oficio N° 2931/2018, dirigido al Hospital de San Antonio Oeste, con constancia de recepción por parte de dicha Institución acompañado.-
Proveyendo a fs. 604/607, agréguese la documentación acompañada. Téngase presente. Por cumplimentado lo ordenado a fs. 601. En consecuencia del hecho nuevo denunciado, córrase traslado a la contraria por el término de ley. A lo demás oportunamente y si correspondiere.-
F. Daniel Gutiérrez
Secretario