Poder Judicial de Río Negro


Datos del Expediente


Datos del Expediente

Nro. ReceptoríaA-3BA-61-CC2018
Nro. 1ra. InstanciaSin Datos
Nro. 2da. Instancia02907-18
Nro. 3ra. InstanciaSin Datos
CarátulaRAMOS MEJIA, ALEJANDRO C/ AGUAS RIONEGRINAS S.A. y OTRO S/ AMPARO COLECTIVO (cc)
Tipo de ProcesoAMPARO COLECTIVO (cc)

Movimiento

Movimiento

DescricpiónBONO. HACE EFECTIVO APERCIBIMIENTO
Fecha Proveído08/04/2019
OrganismoCámara de Apelaciones en lo Civil , Comercial y de Minería - S.C. de Bariloche

Texto del Proveido

Texto del Proveido

RAMOS MEJIA, ALEJANDRO C/ AGUAS RIONEGRINAS S.A. y OTRO S/ AMPARO COLECTIVO (cc) (02907-18).

San Carlos de Bariloche, 8 de abril de 2019. A
No habiendo dado cumplimiento a la intimación de fs.14, hágase efectivo el apercibimiento allí verificado y en consecuencia notifíquese por Secretaría, al Colegio de Abogados de San Carlos de Bariloche, a los fines que tomen debida nota de la falta de adjunción del Bono Ley 2897 y Ley 4132, por parte del Dr. Horacio Brucellaria, en las presentes actuaciones.


Carlos Cuellar
Presidente de Cámara