Poder Judicial de Río Negro


Datos del Expediente


Datos del Expediente

Nro. ReceptoríaSin Datos
Nro. 1ra. Instancia40233
Nro. 2da. InstanciaSin Datos
Nro. 3ra. InstanciaSin Datos
CarátulaMUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA C/ PEGO S.A. S/ AMPARO COLECTIVO(c)
Tipo de ProcesoAMPARO COLECTIVO(c)

Movimiento

Movimiento

DescricpiónACTA AUDIENCIA
Fecha Proveído21/06/2019
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº3 - General Roca

Texto del Proveido

Texto del Proveido


Expte:MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA C/ PEGO S.A. S/ AMPARO COLECTIVO(c) Nro: 40233

Se deja constancia de que en la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, a las 08:00 horas del día 21 de junio de 2019 han comparecido:
-por la Municipalidad de General Roca: Dr. Silvio Garrido y Dr. Santiago Silva, letrados apoderados de la parte actora Municipalidad de General Roca; Laura Juarez, Directora de Medio Ambiente; Cynthia Gonzalez, Coordinadora de la Dirección de Ambiente y Desarrollo sostenible.
-por la parte demandada Pego S.A.: Dr. Jorge Enrique Padin -apoderado-, Miguel Angeloni -Jefe Operativo-.
-por la provincia de Río Negro: el Dr. Francisco López Raffo, letrado apoderado de la Provincia de Río Negro; Ingeniera Viviana Hernandez e Ingeniero Gabriel Sorá y Micaela Serra por DPA, Leonardo Alvarez por la Secretaria de Ambiente -Área Tecnica- ;
-por el Ministerio Público Fiscal: el Doctor Andres Nelly.
Acto seguido se da comienzo a la audiencia quedando registrada por medio audiovisual.
Ha sido consensuado que el día lunes 24 de junio del corriente año la demandada comenzará con la limpieza del predio -retiro de escombros, basura y tanques superficiales, levantándose la medida cautelar dictada en autos con relación a los tanques en desuso y que no poseen hidrocarburos y/o efluentes.
Asimismo la Empresa denuncia que el día 01 de julio del corriente año comenzaría con los trabajos de remediación en el lugar, condicionandose tal fecha a la previa presentación y autorización ante la provincia de Río Negro de los respectivos contratos con las empresas para disposición final y remediación.
A los fines de agilizar tales pasos las partes se comprometen a mantener un canal abierto de comunicación.
Ha sido reiterada la necesidad de que el predio se encuentre con cerramiento adecuado; ha sido ordenada como parte de las medidas de seguridad la contratación de policía adicional por la Empresa -en principio hasta el día 01 de julio del corriente año en que ha sido estimado el comienzo de las tareas-.
El Municipio evaluará las vías de circulación para el ingreso y egreso de las maquinarias.
No siendo para más se da por finalizado el acto.-

Andrea V. de la Iglesia
Jueza