Poder Judicial de Río Negro


Datos del Expediente


Datos del Expediente

Nro. ReceptoríaZ-2RO-364-AM2015
Nro. 1ra. InstanciaZ-2RO-364-AM3-15
Nro. 2da. InstanciaSin Datos
Nro. 3ra. Instancia30397/19
CarátulaMUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA S /AMPARO COLECTIVO S/ APELACION (Originarias) (EX-28705/16)
Tipo de ProcesoAPELACION (Originarias)

Movimiento

Movimiento

DescricpiónAPELACION VISTA PROC.GRAL
Fecha Proveído29/07/2019
OrganismoSecretaría Causas Originarias y Constitucional STJ Nº4

Texto del Proveido

Texto del Proveido




Expte. N°30397/19-STJ-
Señora Presidenta:
Informo a Ud. que la señora jueza del amparo doctora Andrea F. de la Iglesia a cargo del Juzgado Civil, Comercial y de Minería n° 3 de la IIda. Circunscripción Judicial con sede en la ciudad de General Roca, ha concedido a fs. 1464, en relación y con efecto suspensivo el recurso de apelación interpuesto a fs. 1462 y fundamentado a fs. 1486/1500 por el Apoderado de la Fiscalía de Estado de la Provincia de Río Negro, contra la sentencia de fs. 1454/1461 y vta., contestado a fs. 1502/1514 por el apoderdado de la Municipalidad de General Roca. Conste.
Secretaría, 29 de julio de 2019.-
Fdo.:ANA J. BUZZEO SECRETARIA SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
///MA, 29 de julio de 2019.-
Por recibidos.
Previo a resolver el recurso de apelación deducido y sustanciado en autos, córrase vista al señor Procurador General (art.11 Ley K Nº 4199).
Fdo.:LILIANA L. PICCININI PRESIDENTA SUBROGANTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

EN FECHA de julio de 2019 CORRI LA VISTA ORDENADA PRECEDENTEMENTE AL SEÑOR PROCURADOR GENERAL. CONSTE.-