Poder Judicial de Río Negro


Datos del Expediente


Datos del Expediente

Nro. ReceptoríaQ-4CI-13-C2019
Nro. 1ra. InstanciaQ-4CI-13-C2019
Nro. 2da. InstanciaSin Datos
Nro. 3ra. InstanciaSin Datos
Carátula A.M.F. Y OTROS C/ CHEVROLET S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS Y OTROS S/ AMPARO COLECTIVO(c)
Tipo de ProcesoAMPARO COLECTIVO(c)

Movimiento

Movimiento

DescricpiónNOTA FORMACION INCIDENTE DE EXCUSACIÓN SE PRESENTAN CONTESTAN DEMANDA - OPONEN EXCEPCIOIES - OTRAS- RESERVA DOCUMENTACION
Fecha Proveído20/08/2019
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº1 - Cipolletti

Texto del Proveido

Texto del Proveido

NOTA DE FORMACIÓN INCIDENTE DE EXCUSACIÓN: De haberse formado incidente de excusación caratulado: "AGATAPPA MARCELO FABIAN Y OTRO C/ CHEVROLET S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS Y OTROS S/ AMPARO COLECTIVO S/ INCIDENTE" Expte. S-4CI-165-C2019.-
Secretaría, 20 de agosto de 2019.-

Dania G. Fuentes
Secretaria Expte. Q-4CI-13-C2019 JF
Cipolletti, 20 de agosto de 2019
Vuelven los autos a despacho para proveer los escritos pendientes.-
Resérvese en secretaría la documental remitida por el Juzgado de origen.-
Dejase aclarado, con relación a las presentaciones que a continuación se despacharán (disponiéndose el traslado de documental, excepciones y defensas de fondo), que sin perjuicio de la naturaleza de la presente acción de corte constitucional y reglada en una ley específica, como así también las notas de sumariedad y celeridad que la caracterizan, entiendo que debe garantizarse la bilateralidad  aun en el estrecho marco del amparo y conforme los parámetros del debido proceso legal.

Fs. 79/118:
Por contestada la demanda por PLAN ÓVALO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS.
Agréguense las piezas documentales acompañadas.-
De la documentación presentada y excepción articulada (falta de legitimación activa), traslado a la contraria por el término de TRES (3) días. NOTIFÍQUESE.-

Fs. 119/123:
Por presentados - Dres. Baron y Dolan Martínez - y por parte en representación de CÍRCULO DE INVERSORES SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS. Por justificada la personería (fs. 119/122).
Por denunciado domicilio real y por constituido domicilio electrónico unificado.
Atento el domicilio legal constituido, intímase a los presentantes a fijar otro distinto dentro del perímetro de esta ciudad, de conformidad con lo previsto en el art. 40 CPCC. Ello en el plazo de TRES (3) días, bajo apercibimiento de ley (art. 41 CPCC).
Concédase en relación y efecto devolutivo el recurso de apelación interpuesto contra la medida cautelar dispuesta por auto de fecha 03/06/19.-
Pónganse los autos en secretaría para la presentación del memorial de agravios.-
Oportunamente, elévese las actuaciones al Tribunal de Alzada para su resolución.-
Acompañen el Bono Ley, bajo apercibimiento -en caso de omisión- de darle intervención al Colegio de Abogados, a sus efectos.-

Fs. 124/127:
Por presentado - Dr. Mariano Brillo - y por parte en representación de VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS. Por justificada la personería (fs. 124/126).
Por denunciado domicilio real y por constituidos domicilio legal y electrónico.
Concédase en relación y efecto devolutivo el recurso de apelación interpuesto contra la medida cautelar dispuesta por auto de fecha 03/06/19.
Pónganse los autos en secretaría para la presentación del memorial de agravios.-
Oportunamente, elévese las actuaciones al Tribunal de Alzada para su resolución.-
Acompañe el Bono Ley, bajo apercibimiento -en caso de omisión- de darle intervención al Colegio de Abogados, a sus efectos.-

Fs. 128/134 (Chevrolet S.A. de ahorro para fines determinados):
Agréguese el instrumento acompañado, en su mérito, téngase por acreditada la personería invocada y por ratificada la gestión procesal efectuada.

Fs. 135/152:
Del memorial de agravios presentado por CHEVROLET S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS, traslado a la contraria por el término de 5 días.-

Fs. 153/260:
Por presentados - Dres. Baron y Dolan Martínez - y por parte en representación de PLAN ROMBO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS. Por justificada la personería (fs. 153/155).
Por denunciado domicilio real y por constituidos domicilio legal y electrónico unificado (Dr. Baron).
Agréguense las piezas documentales acompañadas.-
Por contestada la demanda y ofrecida prueba.-
De la documental, excepciones opuestas (incompetencia, falta de legitimación activa y personería) y lo restante planteado con relación a los requisitos de admisibilidad de la acción (punto V), désele traslado a la contraria por el término de TRES (3) días. NOTIFIQUESE.-
Acompañen el Bono Ley, bajo apercibimiento -en caso de omisión- de darle intervención al Colegio de Abogados a sus efectos.-

Fs. 261:
Concédase en relación y efecto devolutivo el recurso de apelación interpuesto por parte de PLAN ROMBO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS contra la medida cautelar dispuesta por auto de fecha 03/06/19.-
Pónganse los autos en secretaría para la presentación del memorial de agravios.-
Oportunamente, elévese las actuaciones al Tribunal de Alzada para su resolución.-

Fs. 262/280:
Por presentado - Dr. Formaro - y por parte en representación de INTERPLAN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS, con patrocinio letrado (Dr. Pablo J. Gonzalez). Por justificada la personería (fs. 262/266).
Por denunciado domicilio real y por constituidos domicilio legal y electrónico unificado (Dr. Formaro).
Del recurso de reposición con apelación en subsidio articulado, únicmente en cuanto refiere a la medida cautelar (art. 20 Ley 2779), traslado a la contraria por el término de TRES (3) días. NOTIFIQUESE.-

Fs. 281/302:
Agréguense las piezas acompañadas.-
Téngase por contestada la demanda por parte de INTERPLAN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS y ofrecida prueba.-
De la documental acompañada, traslado a la contraria por el término de TRES (3) días. NOTIFÍQUESE.

Fs. 303:
Téngase presente lo informado por VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS y hágase saber.-

Fs. 304/344:
Agréguese las piezas acompañadas.-
Por presentado en el carácter invocado (adherentes), désele la participación que por derecho le corresponda.-
En atención a los solicitado en el apartado IV, y de conformidad a lo dispuesto en el art. 143 del Código Procesal, AUTORÍZASE a la parte accionante a notificar la medida cautelar dispuesta a fs. 24/25 (03/06/19) mediante carta documento al domicilio legal a las accionadas, en la forma peticionada.-
Téngase presente lo demás manifestado.-

Fs. 346/377:
Por presentado - Dr. Broggini- en el carácter invocado (art. 48 CPCC); oportunamente, ratifique tal gestión procesal.-
Por contestado el traslado del memorial de agravios presentado por PLAN ÓVALO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS, cuyo traslado fuera conferido a fs. 78.-

Fs. 364/377:
Por presentado - Dr. Broggini- en el carácter invocado (art. 48 CPCC); oportunamente, ratifique tal gestión procesal.-
Por contestado el traslado del memorial de agravios presentado por CHEVROLET S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS, cuyo traslado fuera conferido a fs. 47.-

Fs. 378/379:
Agréguese el Bono Ley acompañado por los letrados de INTERPLAN (Formaro-González).-

Fs. 382:
Agréguese el oficio diligenciado (MEU).-

Fs. 383/572:
Agréguese la documental acompañada y resérvese en secretaría algunas piezas originales (formularios y certificación contable).-
Por contestada la demanda por parte de CÍRCULO DE INVERSORES S.A.U. DE AHORRO PREVIO PARA FINES DETERMINADOS y ofrecida prueba.-
De la documentación acompañada, excepciones opuestas y demás planteos contenidos en la presentación de referencia vinculados con la naturaleza del trámite, traslado a la contraria por el término de TRES (3) días. NOTIFÍQUESE.-

Fs. 573/574:
Agréguese la pieza acompañada y téngase presente lo manifestado.-

Fs. 575/644:
Agréguense las piezas acompañadas.-
Por contestada la demanda por parte de VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS y ofrecida prueba.-
De la documental acompañada, excepciones y/o planteo (inadmisibilidad de la acción), désele traslado a la contraria por el término de TRES (3) días. NOTIFIQUESE.

Fs. 645:
Por acompañada la documental, estese a la reserva ordenada ut supra.-

Fs. 646/692:
Agréguense las piezas acompañadas.-
Por contesta la demanda por parte de CHEVROLET S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS y ofrecida prueba.-
De la documental acompañada, excepciones y/o planteo (inviabilidad del proceso de amparo) y pedido de citación de tercero (IGJ), désele traslado a la contraria por el término de TRES (3) días. NOTIFÍQUESE.-


Diego De Vergilio
Juez

En igual fecha se procede a la reserva de la documental remitida por el Juzgado de origen (8 Cajas), y la documental original presentada por CÍRCULO DE INVERSORES S.A.U DE AHORRO PARA FINES DETERMINADO (cfme fs. 645) (ANEXO 1: formularios y ANEXO 2: "DICTAMEN ACTUARIA" de 4 fojas. La documental que forma parte del ANEXO 3: compuestos por copias simples (no son originales), que se reservan en sobre Nro. 37028. Conste.-

Jorge Fernández
Jefe de División