Poder Judicial de Río Negro


Datos del Expediente


Datos del Expediente

Nro. ReceptoríaOS4-87-STJ2017
Nro. 1ra. InstanciaSin Datos
Nro. 2da. InstanciaSin Datos
Nro. 3ra. Instancia29001/17
CarátulaMUNICIPALIDAD DE VIEDMA S/ AMPARO COLECTIVO(c)
Tipo de ProcesoAMPARO COLECTIVO(c)

Movimiento

Movimiento

DescricpiónNOT.CED.
Fecha Proveído10/09/2019
OrganismoSecretaría Causas Originarias y Constitucional STJ Nº4

Texto del Proveido

Texto del Proveido

Expte. Nº 29001/17-STJ-

///MA, 10 de septiembre de 2019.-
Proveyendo a fs. 993/995:
Hágase saber a la Municipalidad de Viedma que en el término de diez (10) días deberá presentar en el expediente del rubro informe de avance de la ejecución de las labores que se le impusieren por medio de la Sentencia Nº 2/19, las que se denuncian como iniciadas conforme párrafos segundo y tercero de la presentación de fs. 995; ello bajo apercibimiento de la aplicación de sanciones conminatorias (cf. Artículo 37 del Código Procesal Civil y Comercial) y/o de considerar el eventual incumplimiento de tales obligaciones como desobediencia judicial (cf. Artículo 239 del Código Penal).
Notifíquese por Secretaria.
Fdo.: SERGIO M. BAROTTO JUEZSUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA