Poder Judicial de Río Negro
Datos del Expediente
Datos del Expediente
Nro. Receptoría | OS4-87-STJ2017 |
Nro. 1ra. Instancia | Sin Datos |
Nro. 2da. Instancia | Sin Datos |
Nro. 3ra. Instancia | 29001/17 |
Carátula | MUNICIPALIDAD DE VIEDMA S/ AMPARO COLECTIVO(c)
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Tipo de Proceso | AMPARO COLECTIVO(c) |
Movimiento
Movimiento
Descricpión | NOT.CED.
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Fecha Proveído | 10/09/2019 |
Organismo | Secretaría Causas Originarias y Constitucional STJ Nº4 |
Texto del Proveido
Texto del Proveido
Expte. Nº 29001/17-STJ-
///MA, 10 de septiembre de 2019.-
Proveyendo a fs. 993/995:
Hágase saber a la Municipalidad de Viedma que en el término de diez (10) días deberá presentar en el expediente del rubro informe de avance de la ejecución de las labores que se le impusieren por medio de la Sentencia Nº 2/19, las que se denuncian como iniciadas conforme párrafos segundo y tercero de la presentación de fs. 995; ello bajo apercibimiento de la aplicación de sanciones conminatorias (cf. Artículo 37 del Código Procesal Civil y Comercial) y/o de considerar el eventual incumplimiento de tales obligaciones como desobediencia judicial (cf. Artículo 239 del Código Penal).
Notifíquese por Secretaria.
Fdo.: SERGIO M. BAROTTO JUEZSUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA