Poder Judicial de Río Negro
Datos del Expediente
Datos del Expediente
Nro. ReceptorÃa | Q-1VI-6-C2019 |
Nro. 1ra. Instancia | Q-1VI-6-C2019 |
Nro. 2da. Instancia | Sin Datos |
Nro. 3ra. Instancia | Sin Datos |
Carátula | DIAZ FEDERICO GUSTAVO Y OTRO S/ AMPARO COLECTIVO(c)
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Tipo de Proceso | AMPARO COLECTIVO(c) |
Movimiento
Movimiento
Descricpión | REMITE AL STJ PRESENTACIONES DE AMICUS CURIAE OFICIO AL STJ - CAUSAS ORIGINARIAS - SEC. 4
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Fecha ProveÃdo | 25/09/2019 |
Organismo | Unidad Jurisdiccional N° 3 - Ex Civil N° 3 - Viedma |
Texto del Proveido
Texto del Proveido
RECEPTORIA Q-1VI-6-C2019
DIAZ FEDERICO GUSTAVO Y OTRO S/ AMPARO COLECTIVO(c)
Viedma, de septiembre de 2019.-
Teniendo en cuenta las presentaciones efectuadas conforme atribuciones de Ley 4.667, art. 4 inc. q) y art. 17 de la Ley 5631 por parte de la Agencia de Recaudación Tributaria y Legisladores es que de acuerdo a lo oportunamente proveÃdo en fecha 14/05/19 y 21/08/19, en donde se expresó que "Atento a la presentación (...) como "Amigo del Tribunal" conforme atribuciones de Ley 4.667, art. 4 inc. q) y art. 17 de la Ley 5631, en tanto considera que se dan los supuestos de trascendencia institucional e interés público que reviste la cuestión pretendida en autos y en mérito de la oportunidad de presentación y doctrina del S.T.J. emanada de autos “Actuaciones en causa: B.y.O.D.r.d.c.c.d.Â.c. s/Casación” (Expte.Nº 29731/18 STJ) es que conforme Ley 4185 corresponde reservar por SecretarÃa la presentación efectuada para su oportunidad, en caso de que las presentes actuaciones sean remitidas al Superior Tribunal de Justicia.".-
Asimismo y conforme a lo informado por otros Juzgados Civiles de esta provincia se tramitan en la actualidad dos amparos colectivos de iguales caracterÃsticas al aquà tramitado en los que se ha emitido por las Juezas de amparo medidas cautelares con alcances similares a lo dispuestos en estas actuaciones. Dichos expedientes se identifican como "Mobili Ernesto y Otro s/ Amparo Colectivo (c)" Expte. N° S-2CH-1-C31-19 de trámite por ante el Juzgado Civil, Comercial, de MinerÃa y Sucesiones N° 31 de Choele Choel y "Agatappa Marcelo Fabián y otros C/Chevrolet S.A. de Ahorro para fines determinados y otros s/ Amparo Colectivo" Expte N° Q-4C7-13-C2019 de trámite por ante el Juzgado Civil, Comercial, de MinerÃa y Sucesiones N° 3 de Cipolletti.-
De este modo y habiéndose remitido la pieza prevista por el art. 250 del CPCC al Superior Tribunal de Justicia, lÃbrese oficio a dicho organismo a fin de enviar las presentaciones referidas en primer párrafo de la presente en cumplimiento de las providencias de fecha 14/05/19 y 21/08/19 como asà también informar lo expresado en párrafo precedente.-
Leandro Javier Oyola
Juez
Juzgado en lo Civil, Comercial, de MinerÃa y Sucesiones N° 3
Viedma, de septiembre de 2019.-
A la Sra. Secretaria del
Superior Tribunal de Justicia
SecretarÃa N° 4 "Causas Originarias"
Dra. Ana J. Buzzeo
Su Despacho
OFICIO N° /19.-
Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en los autos caratulados: "DIAZ FEDERICO GUSTAVO Y OTRO S/ AMPARO COLECTIVO(c)" ReceptorÃa n° Q-1VI-6-C2019 que tramitan ante el Juzgado Civil Nº 3 a mi cargo, SecretarÃa del Dr. Luciano Minetti Kern, a fin de remitirle las presentaciones efectuadas por parte de la Agencia de Recaudación Tributaria y Legisladores, conforme atribuciones de Ley 4.667, art. 4 inc. q) y art. 17 de la Ley 5631, ello asÃ, de acuerdo a lo oportunamente proveÃdo en fecha 14/05/19 y 21/08/19, en donde se expresó que "Atento a la presentación (...) como "Amigo del Tribunal" conforme atribuciones de Ley 4.667, art. 4 inc. q) y art. 17 de la Ley 5631, en tanto considera que se dan los supuestos de trascendencia institucional e interés público que reviste la cuestión pretendida en autos y en mérito de la oportunidad de presentación y doctrina del S.T.J. emanada de autos “Actuaciones en causa: B.y.O.D.r.d.c.c.d.Â.c. s/Casación” (Expte.Nº 29731/18 STJ) es que conforme Ley 4185 corresponde reservar por SecretarÃa la presentación efectuada para su oportunidad, en caso de que las presentes actuaciones sean remitidas al Superior Tribunal de Justicia.", en consecuencia, y habiéndose remitido la pieza prevista por el art. 250 del CPCC al Superior Tribunal de Justicia, remito las presentaciones aludidas.-
Asimismo hago saber, conforme a lo informado por otros Juzgados Civiles de esta provincia que tramitan en la actualidad dos amparos colectivos de iguales caracterÃsticas al aquà tramitado en los que se ha emitido por las Juezas de amparo medidas cautelares con alcances similares a lo dispuestos en estas actuaciones. Dichos expedientes se identifican como "Mobili Ernesto y Otro s/ Amparo Colectivo (c)" Expte. N° S-2CH-1-C31-19 de trámite por ante el Juzgado Civil, Comercial, de MinerÃa y Sucesiones N° 31 de Choele Choel y "Agatappa Marcelo Fabián y otros C/Chevrolet S.A. de Ahorro para fines determinados y otros s/ Amparo Colectivo" Expte N° Q-4C7-13-C2019 de trámite por ante el Juzgado Civil, Comercial, de MinerÃa y Sucesiones N° 3 de Cipolletti.-
Saludo a Ud. muy atentamente.-
Leandro Javier Oyola
Juez