Poder Judicial de Río Negro


Datos del Expediente


Datos del Expediente

Nro. ReceptoríaQ-4CI-14-C2019
Nro. 1ra. InstanciaQ-4CI-14-C2019
Nro. 2da. InstanciaSin Datos
Nro. 3ra. InstanciaSin Datos
Carátula S.D.S. Y OTROS C/ MINISTERIO DE EDUCACION Y DERECHOS HUMANOS DE RIO NEGRO S/ AMPARO COLECTIVO(c) (ARCHIVO)
Tipo de ProcesoAMPARO COLECTIVO(c)

Movimiento

Movimiento

DescricpiónAGREGUENSE LAS PIEZAS - FIJACIÓN AUDIENCIA CONCILIATORIA - NOTIFIÍQUESE - VISTA
Fecha Proveído25/10/2019
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº1 - Cipolletti

Texto del Proveido

Texto del Proveido

Expte. Q-4CI-14-C2019 JF
Cipolletti, 25 de octubre de 2019.
Fs. 289/344:
Siendo que las piezas de referencia se corresponden con aquellas glosadas al expediente a fs. 262/275, agréguense.-
Atento el estado de autos, convócase a las partes involucradas a la AUDIENCIA CONCILIATORIA prevista en el art. 16 Ley 2779 que se fija para el día 11 de noviembre de 2019, a la hora 11:00, en la sede de este juzgado, a la cual deberán comparecer en forma obligatoria, por la parte actora la Consejal Municipal Lic. Daniela Silvina Salzotto y tres (3) integrantes de la comunidad educativa ESRN Nro. 21 de la ciudad de Catriel que hubieren adherido al presentación inicial que hiciera la nombrada; por la parte accionada, un (1) representante del Ministerio de Educación de Derechos Humanos de la provincia de Río Negro y la Fiscalía de Estado de la provincia; y la Sra. Defensora de Menores e Incapaces interviniente, bajo apercibimiento de ley (arg. art. 16 de la citada norma). Se hace saber a los convocados ut supra que al momento de la celebración de la audiencia deberán tener conocimiento razonable de la causa y los elementos que la componen.
Encomiéndase la Lic. Daniela Silvina Salzotto la notificación de los integrantes de la comunidad educativa, como así también acreditar en autos la publicidad ordenada mediante decreto de fecha 30/09/2019, apartado V. Hágase saber a la nombrada que a los fines del presente trámite podrá valerse de patrocinio letrado particular o, en su caso, requerir la asistencia técnica de los Defensores Oficiales que integran el Ministerio Público de la Defensa.
Líbrense por Secretaría las respectivas notificaciones.
 Notifíquese a la Sra. Defensora de Menores e Incapaces en su público despacho, a cuyo fin remítase en vista el expediente.


Diego De Vergilio
Juez


En igual fecha se confecciona cédula electrónica a: Daniela Silvina SALZOTTO (real), Ministerio de Educación (legal), Fiscalía de Estado (constituido). Conste.-


Dania G. Fuentes
Secretaria