Poder Judicial de Río Negro
Datos del Expediente
Datos del Expediente
Nro. Receptoría | Z-2RO-364-AM2015 |
Nro. 1ra. Instancia | Z-2RO-364-AM3-15 |
Nro. 2da. Instancia | Sin Datos |
Nro. 3ra. Instancia | Sin Datos |
Carátula | MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA S/ AMPARO COLECTIVO(c) (JUJUY Y C21, LEY B 2779, ARSA, PROVINCIA DE RIO NEGRO, DPA)
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Tipo de Proceso | AMPARO COLECTIVO(c) |
Movimiento
Movimiento
Descricpión | PRESENTACIÓN DE LA DEMANDADA -TRASLADO
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Fecha Proveído | 29/10/2019 |
Organismo | Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº3 - General Roca |
Texto del Proveido
Texto del Proveido
Expte:MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA S/ AMPARO COLECTIVO(c) (LEY B 2779, ARSA, PROVINCIA DE RIO NEGRO, DPA)
Nro: Z-2RO-364-AM3-15
General Roca, 29 de octubre 2019.AM
Proveyendo al escrito de fs.1570/1576 del Dr. Lopez Raffo:
Agréguese Nota informe 76-SGP-19 de fecha 22/10/19 e informe de Aguas Rionegrinas S.A , hágase saber que se encuentra incompleto por cuanto resta completar la información requerida a fs 1568 punto 2 -resultado del análisis microbiológico del agua del canal de riego afectado -"Cementerio"-y en su caso medidas adoptadas de acuerdo a tal resultado (conforme fallo de fs. 1461 punto IV)-
A tal fin otórgase a la demandada Aguas Rionegrinas S.A. y a la provincia de Río Negro (D.P.A., Secretaría de Ambiente, Secretaría de Obras Públicas) un plazo de UN día hábil para completar el informe requerido. Notifíquese por cédula, con habilitación de días y horas inhábiles y transcripción integra de esta providencia. CUMPLASE POR SECRETARIA.
Andrea V. de la Iglesia
Jueza