Poder Judicial de Río Negro


Datos del Expediente


Datos del Expediente

Nro. ReceptoríaH-1SAO35-C2019
Nro. 1ra. Instancia3020/2019
Nro. 2da. InstanciaSin Datos
Nro. 3ra. InstanciaSin Datos
CarátulaDEFENSORA DE MENORES E INCAPACES - SAO C/ BRUCE LUIS Y OTRO S/ AMPARO COLECTIVO(c)
Tipo de ProcesoAMPARO COLECTIVO(c)

Movimiento

Movimiento

DescricpiónAUDIENCIA SUSCRIPTA EL 06/07/2019
Fecha Proveído07/11/2019
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia Nº 9 - San Antonio Oeste

Texto del Proveido

Texto del Proveido

EXPTE.: 3020/2019
AUTOS: "DEFENSORA DE MENORES E INCAPACES - SAO C/ BRUCE LUIS Y OTRO S/ AMPARO COLECTIVO(c)".-

En San Antonio Oeste, Provincia de Río Negro, a los 06 días del mes de noviembre del año 2019, siendo las 10:40 horas, comparecen ante la sede de este Juzgado a la audiencia prevista, por la parte actora la Defensora de Menores e Incapaces Subrogante Dra. gabriela YALTONE, por el DPA de Valcheta, el Sr. Enrique CORRIBOLO Subdelegado y por Fiscalía de Estado el Dr. Gervasio VALLATI. No asisten el demandado, la defensora del pueblo y la Directora de la Escuela Hogar y representantes del Ministerio de Educación. Abierto el acto por la Sra. Jueza, y luego de dialogar con los presentes, teniendo en cuenta los informes agregados a la causa y que principalmente la Escuela Hogar 76 Luis Pasteur ya cuenta con la provisión del servicio de agua por captación natural y mediante el traslado de mangueras, la Defensora Subrogante de Menores e Incapaces, solicita a los fines de arribar a un acuerdo definitivo y trasladarlo a autos, un tiempo razonable para presentarlo de manera conjunta con los demandados y pueda homologarse. Asimismo el Subdelegado del DPA, se compromete a instalar un flotante en los tanques de la Escuela Hogar, a los fines de controlar el uso del agua. El representante de la Fiscalía de Estado manifiesta que los demandados no han gestionado ante el Ministerio de Educación el trámite para percibir un cannon por la servidumbre de paso de las mangueras por su campo. En consecuencia y oído todo, RESUELVO: 1) Tener presente lo manifestado. 2) Hacer saber que a los fines de presentar el acuerdo, teniendo en cuenta el objeto del presente y que los compromissos asumidos por la Provincia de Río Negro estarían cumplidos, no deberá extenderse en el tiempo. No siendo para mas y siendo las 11:40hs, se da por finalizada la audiencia, quedando todos los presentes debidamente notificados y dejando constancia que la misma se ha registrado mediante medio audiovisual obrante en la Sala de Audiencias del Juzgado, firmando al pie los presentes luego de hacerlo la Sra. Jueza, todos por ante mi que doy fe.-
Daniela Adduci
Secretaria