Poder Judicial de Río Negro


Datos del Expediente


Datos del Expediente

Nro. ReceptoríaQ-4CI-14-C2019
Nro. 1ra. InstanciaQ-4CI-14-C2019
Nro. 2da. InstanciaSin Datos
Nro. 3ra. InstanciaSin Datos
Carátula S.D.S. Y OTROS C/ MINISTERIO DE EDUCACION Y DERECHOS HUMANOS DE RIO NEGRO S/ AMPARO COLECTIVO(c) (ARCHIVO)
Tipo de ProcesoAMPARO COLECTIVO(c)

Movimiento

Movimiento

DescricpiónACEPTACION DE CARGO AGREGUESE Y HAGASE SABER- VINCULACION- PRESTAMO- TENGASE PRESENTE HAGASE SABER
Fecha Proveído18/02/2020
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº1 - Cipolletti

Texto del Proveido

Texto del Proveido

En 18 de febrero de 2020 compareció el Sr. DELORD ALBERTO JULIO (DNI: 12.563.479), quien previo juramento que prestó en forma, manifiestó que aceptaba el cargo que se le confiere, y constituye domicilio legal en calle VIEDMA N° 134 de Cipolletti (Telefono N° 2984- 154521004), firmando por ante mi, doy fe.- Hay una firma ilegible y un sello. Fdo. Dra. Dania G. Fuentes. Secretaria. Cipolletti, 18 de febrero de 2020.mz
Proveyendo fs. 388/392: Agréguese y hágase saber.
Proveyendo fs. 393: Procédase a la vinculación solicitada por Secretaria del tribunal.
Proveyendo fs. 395: Agréguese.
A la estimación de gastos efectuada en el escrito a proveimiento, como se pide no ha lugar.
Sin perjuicio de ello, fíjase el anticipo de gastos en la suma de PESOS MIL OCHOCIENTOS ($ 1.800) e INTIMESE a la parte actora para que en el término de cinco (5) días deposite el mismo bajo apercibimiento de tenerlo por desistido de la prueba. (Art. 463 in fine del CPCC.). NOTIFÍQUESE.-
Concédase el prestamo peticionado por el término de 48 hs. bajo apercibimiento de ley.

Diego De Vergilio
Juez


En igual fecha procedo a vincular al Defensor de Pobres y Ausentes en el Sistema Lex Doctor. Conste.

Dania G. Fuentes
Secretaria