Poder Judicial de Río Negro


Datos del Expediente


Datos del Expediente

Nro. ReceptoríaJ-2RO-1-C2019
Nro. 1ra. InstanciaJ-2RO-1-C1-19
Nro. 2da. InstanciaSin Datos
Nro. 3ra. InstanciaSin Datos
CarátulaBLANES PEREYRA MARIA EUGENIA y OTROS C/ VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS S/ ACCIONES INDIVIDUALES HOMOGENEAS (c)
Tipo de ProcesoACCIONES INDIVIDUALES HOMOGENEAS (c)

Movimiento

Movimiento

DescricpiónDR. PARRAU SOLICITA RESTITUCIÓN FONDOS. SE ORDENA TRANSFERENCIA EBANK.- NOTA: DE HABERSE REALIZADO LA TRANSFERENCIA ORDENADA
Fecha Proveído24/06/2020
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº1 - General Roca

Texto del Proveido

Texto del Proveido

General Roca, 24 de junio de 2020.-VL
Por acompañado el escrito virtual adjuntado a través de la MEED (Res. 137/2020 y 154/20 del S.T.J.).-
En virtud de lo dispuesto por las Ac. 11, 13, 14 y 15, 17/20-STJ y las razones invocadas, habílitense los plazos procesales.
Sin perjuicio de haberse efectuado el pase virtual del expediente a la Cámara de Apelaciones de ésta circunscripción, atento lo peticionado por el Dr. Parrau, el saldo de cuenta acompañado, y los datos de la cuenta denunciada:
Procédase a TRANSFERIR de la cuenta judicial de autos N°126727714, a la cuenta denunciada, la suma de $5.000 en concepto de restitución en virtud de haber sido depositado erróneamente a la cuenta judicial a la orden de éste Tribunal. Efectivícese esta transferencia a través del Sistema E-Bank del Banco Patagonia S.A. Cúmplase por Secretaría.-


DRA. MARIA DEL CARMEN VILLALBA
Juez



Nota: De haberse efectivizado en fecha ................, por Patagonia E-Bank la transferencia ordenada precedentemente.- Conste.- NOTA: DE HABERSE REALIZADO LA TRANSFERENCIA ORDENADA.-