Poder Judicial de Río Negro


Datos del Expediente


Datos del Expediente

Nro. ReceptoríaS-2RO-17-C2017
Nro. 1ra. InstanciaS-2RO-17-C1-17
Nro. 2da. InstanciaSin Datos
Nro. 3ra. InstanciaSin Datos
CarátulaMUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA C/ AGUAS RIONEGRINAS S.A. (ARSA) S/ AMPARO COLECTIVO(c) (zona P IV)
Tipo de ProcesoAMPARO COLECTIVO(c)

Movimiento

Movimiento

DescricpiónRESOLUCION A PROTOCOLO
Fecha Proveído20/08/2020
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº1 - General Roca

Texto del Proveido

Texto del Proveido

General Roca, 20 de agosto de 2020.-
VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados " MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA c/ AGUAS RIONEGRINAS S.A. ( ARSA) s/ AMPARO COLECTIVO" (Expte. N° S-2RO-17-C1-17).-
En fecha 16 de julio de 2020, via MEED, la Municipalidad de General Roca, acompaña actas emitidas por la Dirección de Ambiente y Desarrollo Sostenible que dan cuenta de la constatación de la descarga de efluentes cloacales sin tratamiento en la red que corre paralela a calle Limay y Ruta 6 a la altura de la intersección de calles Mitre y Limay.-
Que remitió carta documento y notificación a Aguas Rionegrinas S.A. de la infracción constatada, que denuncia dicha circunstancia como hecho nuevo y solicita se ordene la desinfección, deodorización y remoción de elementos contaminantes bajo apercibimiento de aplicar astreintes.-
En el capítulo a) de su escrito denuncia los desbordes cloacales y el incumplimiento de la sentencia del año 2017, en el capítulo b) solicita la implementación urgente de mitigación en el sector y el apercibimiento de sanciones conminatorias.- Ofrece prueba y peticiona.-
Con fecha 3 de agosto de 2020, via MEED, ARSA y DPA por medio de la Fiscalía de Estado de la Provincia de Rio Negro, contestan el traslado del hecho nuevo y acompaña informe del Ing. Elicabe, de la que dice surgen dos versiones.-
El informe del 31 de julio de 2020 señala que el alto crecimiento de la ciudad no fue acompañado por las inversiones en una infraestructura adecuada, lo que ha llevado a que las estaciones elevadoras se encuentran superadas en sus capacidades operativa, u operan sobre una cuenca sobrecargada aguas arriba, que impide o complejiza su funcionamiento.-
Detalla los trabajos llevados a cabo en función de los colapsos de las colectoras de calle Don Bosco.-
Por ello entiende que la unica solución se encuentra en el " Plan Director del Sistema de Desagües Cloacales de la ciudad de General Roca" aprobado en el año 2014 e incluido en su financiamiento en la ley de Presupuesto Nacional 2017.- A la fecha no ha sido licitada la obra.-
Refiere que en fecha 30 de julio de 2020 se desplegó una cuadrilla y camión desobstructor en Barrio El Porvenir realizando tareas de limpieza y desobstrucción de la red colectora de dicho barrio resolviendo el vuelco provocado.-
Con fecha 31 de julio de 2020 se procedió a la desinfección.- Acompaña fotografías que demuestran el informe.-
También en el informe de fecha 31 de julio de 2020 se reitera lo ya informado y se agrega que: " según reporte del 0800 en la semana del 24 de julio al 31 de julio de 2020 entraron 305 reclamos de desbordes cloacales y a la fecha hay 159 activos.- A la fragilidad que se encuentra la operatividad del sistema de desagües cloacales enunciados con anterioridad, le debemos sumar las bajas de personal y la reducción de personal y jornada de trabajo en el marco de la Pandemia Covid-19, lo que desborda las posibilidades operativas del servicio en la ciudad de General Roca".-
Reitera el informe de tareas llevadas a cabo el día 30 y 31 de julio en la zona de Barrio El Porvenir.-
En fecha 10 de agosto de 2020 via MEED, se denuncia que el 5 de agosto se labraron nuevas actas de constatación de descarga de líquidos cloacales sin tratamiento en el desagüe P-IV.-
Refieren que las tareas de desinfección llevadas a cabo el 31 de julio fueron insuficientes para resolver el impacto y que realizado la constatación el 5/8 se continuaron las descargas constatándose también vuelcos cloacales en otros sectores.-
Por ello solicitan a ARSA con urgencia procedan al cese de descarga de efluentes, elevan informe ambiental.-
Con fecha 11 de agosto de 2020 se reiteran informes del 5/8/20 y solicitan se haga lugar a las medidas que solicitan, concretamente se ejecute un rasado en el sector donde se constataron la acumulación en a) desagüe paralelo al canal grande de riego e intersección con calles Gelonch y Damas Patricias b) desagüe Verdecchia desde Rudel hasta Villegas y c) desagüe P-IV entre Mitre y 9 de Julio.-
Con fecha 11 de agosto se dictan autos para resolver.-
Este proceso iniciado el 2 de junio de 2017, se dio curso con fecha 5 de junio de 2017, habiéndose ordenado y producido prueba, documental, informativas, periciales, actas de constatación y audiencias entre las partes.-
Con fecha 22 de diciembre de 2017 se resolvió fijar el objeto del presente trámite, responsabilizar a la Provincia de Rio Negro, ARSA y DPA, ordenar a las demandadas que por las vías que entiendan corresponden, por si o por terceros, procedan al saneamiento de la zona fijada como alterada por el volcado de líquidos cloacales en el término de 60 días, pero lo que mas influye en la presente resolución es el punto 4, que dice: En el término de SESENTA días deberá acompañar 1) Por parte de ARSA de un proyecto de las obras de mejoras de la Estación Elevadora de Felix Heredia y Azcuenaga, que garantice su correcto funcionamiento.- 2) realizar un análisis microbiológico del agua de consumo humano, higiene y limpieza de los tres establecimientos educativos ubicados en calles Romagnoli y N. Huapi para descartar cualquier riesgo de la salud de la comunidad educativa asistente a los mismos.- 3) El plan de remoción de los sedimentos debe contemplar los puntos para el retiro de sedimentos 2, 3, 4, 5, 7, 8, 9, 10 y 11.- Como así también la desinfección y dilución de los líquidos presentes en el pluvial y evitar el estancamiento.- Es necesario el saneamiento total del pluvial P IV y restituirlo a su estado anterior a la contaminación. 4) Requerir a la empresa ARSA presente un plan de mejora al sistema cloacal cuyos fusibles involucran al P IV para evitar la ocurrencia de estos volcados.-
Apelada dicha sentencia el Superior Tribunal de Justicia con fecha 25 de junio de 2018 resolvió rechazar la apelación interpuesta por las demandadas y en consecuencia dicha resolución adquirió firmeza.-
El 17 de setiembre de 2018 ante la denuncia de incumplimiento se resuelve, I.- Requerir a la Sra. perito interviniente Ing. Magnani que realice una verificación de la zona y efectúe un control sobre las tareas que dice la Provincia de Rio Negro se han llevado a cabo, como así también de las actas de inspección de la Municipalidad de General Roca, de fs. 772 a 776, y acompañe a autos un informe actualizado de la situación, debiendo informar con suficiente antelación al Tribunal la fecha en que se realizarán las constataciones a fin de poner en conocimiento de ello a las partes.-
Como consecuencia de dichos informes, con fecha 27 de diciembre de 2018 se resuelve: 1) Hacer lugar al pedido formulado por la Municipalidad de General Roca, y en su consecuencia fijar un plazo de QUINCE días para que la Provincia de Rio Negro, a través de sus organismos correspondientes, evite el volcado de líquidos cloacales sin tratamiento y el saneamiento de la zona afectada, bajo apercibimiento de aplicar astreintes de $ 50.000.- diarios por cada día que se demore el cumplimiento.-
2) Concretamente sobre calle Gelonch y Damas Patricias hasta calle Limay y Villegas.- En el desagüe paralelo a calle Villegas que aporta aguas cloacales al pluvial P IV.- En el desagüe Verdechia que debe ser saneado, una vez que se dejen de vertir líquidos cloacales.- ARSA, DPA y Provincia de Rio Negro deben presentar un proyecto con fecha de finalización del sistema cloacal del sector.- En calle Romagnoli los sedimentos del fondo del pluvial IV fueron colocados en la banquina y no fueron retirados, que se encuentran a lo largo de todo el recorrido y hasta llegar a las escuelas, por lo cual deben ser removidos en el menor tiempo posible.-
Concretamente en autos, la situación fáctica y jurídica ya ha sido resuelta en reiteradas oportunidades, por lo que no es una simple denuncia de hecho nuevo, es una denuncia de reiterados incumplimientos por parte de los demandados en cumplir una sentencia que se encuentra firme desde el 25 de junio de 2018, fecha en que el Superior Tribunal de Justicia rechazara la apelación.-
No solo es reiterado el incumplimiento, sino también cabe mencionar la negligencia en que incurren las demandadas al permitir el volcado de líquidos cloacales a cielo abierto, cuando nos encontramos en medio de una pandemia de Covid-19 y en diversos lugares se han analizado la terminales del sistema cloacal para detectar dicho virus.-
En función de lo expuesto, dado que los argumentos jurídicos ya han sido repetidamente expresados en estos autos, como así también que las demandadas no han negado los hechos denunciados por el actor, sino que su presentación ha sido una aceptación de los hechos, corresponde hacer lugar a lo solicitado y ordenar en su consecuencia fijar un plazo de QUINCE días para que la Provincia de Rio Negro, ARSA y DPA a través de sus organismos correspondientes, evite el volcado de líquidos cloacales sin tratamiento y el saneamiento de la zona afectada, bajo apercibimiento de aplicar astreintes de $ 50.000.- diarios por cada día que se demore el cumplimiento.-
Y concretamente se ejecute un rasado en el sector donde se constataron la acumulación en a) desagüe paralelo al canal grande de riego e intersección con calles Gelonch y Damas Patricias b) desagüe Verdecchia desde Rudel hasta Villegas y c) desagüe P-IV entre Mitre y 9 de Julio.-
Por los fundamentos expuestos y lo dispuesto por los arts. 14, 16, 59, 84, 85 y cc. de la Constitución Provincial y leyes 3183 y 2952 entre otras.-
RESUELVO: Hacer lugar a lo solicitado por la Municipalidad de General Roca y en su consecuencia fijar un plazo de QUINCE días para que la Provincia de Rio Negro, ARSA y DPA a través de sus organismos correspondientes, evite el volcado de líquidos cloacales sin tratamiento y el saneamiento de la zona afectada, bajo apercibimiento de aplicar astreintes de $ 50.000.- diarios por cada día que se demore el cumplimiento.-
Ejecute un rasado en el sector donde se constataron la acumulación en a) desagüe paralelo al canal grande de riego e intersección con calles Gelonch y Damas Patricias b) desagüe Verdecchia desde Rudel hasta Villegas y c) desagüe P-IV entre Mitre y 9 de Julio.-
Notifíquese y regístrese.-


DRA. MARIA DEL CARMEN VILLALBA
Juez