Poder Judicial de Río Negro
Datos del Expediente
Datos del Expediente
Nro. Receptoría | S-2RO-25-C2018 |
Nro. 1ra. Instancia | S-2RO-25-C3-18 |
Nro. 2da. Instancia | Sin Datos |
Nro. 3ra. Instancia | Sin Datos |
Carátula | MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA C/ ARSA S/ AMPARO COLECTIVO(c) (ALTA BARDA. PCIA RIO NEGRO, DPA, SEC AMBIENTE, SEC OBRAS PUBLICAS)
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Tipo de Proceso | AMPARO COLECTIVO(c) |
Movimiento
Movimiento
Descricpión | ACTORA CONTESTA AGRAVIOS. CONSTITUYA DOMICILIO ANTE LA ALZADA EN DEBIDA FORMA Y RATIFIQUEN LA PRESENTACION LOS DRES. GARRIDO Y ROSALES. VISTA A AGENTE FISCAL
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Fecha Proveído | 09/09/2020 |
Organismo | Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº3 - General Roca |
Texto del Proveido
Texto del Proveido
Expte:MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA C/ ARSA S/ AMPARO COLECTIVO(c) (ALTA BARDA. PCIA RIO NEGRO, DPA, SEC AMBIENTE, SEC OBRAS PUBLICAS)
Nro: S-2RO-25-C3-18
General Roca, 9 de septiembre de 2020.-ev.
Proveyendo el escrito presentado en la MEED en el dia de la fecha por los Dres. Urquiaga, Garrido y Rosales (apoderado y patrocinantes de la actora): téngase por contestado en tiempo y forma el traslado conferido por providencia de fecha 31/08/2020 de la expresión de agravios de la demandada
Previo a elevar la causa constituya la actora domicilio ante la Alzada en debida forma (art. 40 del CPCC) y ratifiquen la presentación los Dres. Silvio Garrido y Juan Pablo Rosales todo ello en el plazo de DOS DIAS (arg. art. 5 de la Acord. 23/20 del STJ) haciéndoles saber a los presentantes que en caso de incumplirse con dicha carga la causa será elevada al STJ.
Andrea V. de la Iglesia
Jueza