Poder Judicial de Río Negro
Datos del Expediente
Datos del Expediente
Nro. Receptoría | OS4-87-STJ2017 |
Nro. 1ra. Instancia | Sin Datos |
Nro. 2da. Instancia | Sin Datos |
Nro. 3ra. Instancia | 29001/17 |
Carátula | MUNICIPALIDAD DE VIEDMA S/ AMPARO COLECTIVO(c)
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Tipo de Proceso | AMPARO COLECTIVO(c) |
Movimiento
Movimiento
Descricpión | SUSPENSION PLAZOS CED-
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Fecha Proveído | 19/10/2020 |
Organismo | Secretaría Causas Originarias y Constitucional STJ Nº4 |
Texto del Proveido
Texto del Proveido
Receptoría N° OS4-87-STJ2017
VIEDMA, 19 de octubre de 2020.-
Sin perjuicio de resolverse oportunamente los planteos efectuados por el Departamento Provincial de Aguas por medio de su Nota Nº 241 SG, atento a lo manifestado por la Municipalidad de Viedma al momento de contestar el traslado conferido respecto de aquella, por los motivos allí consignados como causales impeditivos del cumplimiento de las órdenes dadas en autos -firmes y consentidas-, suspéndase el trámite de ejecución de sentencia por el término de treinta (30) días hábiles, contados a partir de la notificación de la presente, lapso durante el cual ambos organismos mencionados, deberán propender al establecimiento y la coordinación de las acciones que desde sus respectivos ámbitos resulten necesarias para la efectivización de lo sentenciado en la causa.
Notifíquese por Secretaría.
Fdo.: SERGIO M. BAROTTO JUEZ SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA