Poder Judicial de Río Negro


Datos del Expediente


Datos del Expediente

Nro. ReceptoríaOS4-87-STJ2017
Nro. 1ra. InstanciaSin Datos
Nro. 2da. InstanciaSin Datos
Nro. 3ra. Instancia29001/17
CarátulaMUNICIPALIDAD DE VIEDMA S/ AMPARO COLECTIVO(c)
Tipo de ProcesoAMPARO COLECTIVO(c)

Movimiento

Movimiento

DescricpiónSUSPENSION PLAZOS CED-
Fecha Proveído19/10/2020
OrganismoSecretaría Causas Originarias y Constitucional STJ Nº4

Texto del Proveido

Texto del Proveido

Receptoría N° OS4-87-STJ2017

VIEDMA, 19 de octubre de 2020.-
Sin perjuicio de resolverse oportunamente los planteos efectuados por el Departamento Provincial de Aguas por medio de su Nota Nº 241 SG, atento a lo manifestado por la Municipalidad de Viedma al momento de contestar el traslado conferido respecto de aquella, por los motivos allí consignados como causales impeditivos del cumplimiento de las órdenes dadas en autos -firmes y consentidas-, suspéndase el trámite de ejecución de sentencia por el término de treinta (30) días hábiles, contados a partir de la notificación de la presente, lapso durante el cual ambos organismos mencionados, deberán propender al establecimiento y la coordinación de las acciones que desde sus respectivos ámbitos resulten necesarias para la efectivización de lo sentenciado en la causa.
Notifíquese por Secretaría.


Fdo.: SERGIO M. BAROTTO JUEZ SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA