Poder Judicial de Río Negro


Datos del Expediente


Datos del Expediente

Nro. ReceptoríaS-2RO-25-C2018
Nro. 1ra. InstanciaS-2RO-25-C3-18
Nro. 2da. InstanciaSin Datos
Nro. 3ra. InstanciaSin Datos
CarátulaMUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA C/ ARSA S/ AMPARO COLECTIVO(c) (ALTA BARDA. PCIA RIO NEGRO, DPA, SEC AMBIENTE, SEC OBRAS PUBLICAS)
Tipo de ProcesoAMPARO COLECTIVO(c)

Movimiento

Movimiento

DescricpiónCAUSA TRAMITANDO ANTE EL STJ- HAGASE SABER A LA DEMANDADA QUE DEBE CUMPLIR MEDIDAS DE SANEMIENTO
Fecha Proveído29/10/2020
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº3 - General Roca

Texto del Proveido

Texto del Proveido

Expte:MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA C/ ARSA S/ AMPARO COLECTIVO(c) (ALTA BARDA. PCIA RIO NEGRO, DPA, SEC AMBIENTE, SEC OBRAS PUBLICAS)
Nro: S-2RO-25-C3-18

General Roca, 29 de octubre de 2020.-ev.
Proveyendo el escrito presentado en la MEED en el día de la fecha por el Dr. Urquiaga (apoderado de la actora): I.- hágase saber al presentante que conforme surge del SEON esta causa se encuentra ante el Superior Tribunal de Justicia.
II.- Sin perjuicio de lo anterior atento lo manifestado por la actora agréguense las notas de las Dirección de Medio Ambiente municipal, acta de constatación y fotografías que se adjuntan en formato PDF y existiendo sentencia dictada por la suscripta de fecha 03/08/2020 que hizo lugar a la acción de amparo y que ha sido confirmada por el STJ por fallo de fecha 19/10/2020 (según surge del SEON) hágase saber a la demandada que corresponde proceda a arbitrar todos los medios a su alcance a los fines de hacer cesar/sanear/desinfectar la zona en cuestión y por el desborde de líquidos cloacales a cielo abierto. Notifiquese mediante cédula con habilitación de dias y horas inhábiles.
Al pedido de imposición de de astreintes oportunamente para el caso de corresponder y por estar la causa ante el STJ tal como se ha señalado.
III.- Oportunamente ratifiquen la presentación los Dres. Juan Pablo Rosales y Silvio Garrido (arg. art. 5 de la Acord. 23/20) haciéndole saber a los profesionales que por razones de economía y concentración procesal no resulta necesario que ingresen integramente la presentación de la MEED del dia de hoy.


Andrea V. de la Iglesia
Jueza