Poder Judicial de Río Negro


Datos del Expediente


Datos del Expediente

Nro. ReceptoríaQ-3BA-5-C2014
Nro. 1ra. InstanciaQ-3BA-5-C2014
Nro. 2da. InstanciaSin Datos
Nro. 3ra. InstanciaSin Datos
CarátulaMINDLIN, DAMIAN MIGUEL C/ DOMINICK, ALBERTO Y OTROS S/ AMPARO COLECTIVO
Tipo de ProcesoAMPARO COLECTIVO

Movimiento

Movimiento

DescricpiónSE LIBRA MANDAMIENTO
Fecha Proveído10/08/2015
OrganismoJuzgado Civil,Comercial y Mineria Nº3 - Secretaría Nº1 - S.C. de Bariloche

Texto del Proveido

Texto del Proveido

MINDLIN, DAMIAN MIGUEL C/ DOMINICK, ALBERTO Y OTROS S/ AMPARO COLECTIVO (Q-3BA-5-C2014).

San Carlos de Bariloche, 6 de agosto de 2015.-
A fs. 403: En atenciòn a lo que surge del mandamiento (fs. 346/349) y lo manifestado por la Defensora en el pto. III de la presentaciòn de fs.400//401, lìbrese mandamiento a fin de proceder a la constataciòn de la existencia de cartelerìa comercial exhibida al pùblico en el inmueble objeto del juicio y, en caso positivo, proceder a su retiro excluyendo toda aquèlla que se encuentre resguardada dentro de la propiedad sin exposiciòn pùblica.
Asimismo se proceda a constatar si en el lugar indicado al ùltimo pàrrafo de la diligencia mencionada (fs. 349) se ha producido la tala de especies arbòreas o si se trata de podas estacionales de ramas como lo manifesta la accionada.
El Oficial de Justicia queda autorizado a allanar domicilios y solicitar el auxilio de la fuerza pública si fuere menester para el cumplimiento de lo ordenado.
Con el resultado del mandamiento, se meritarà lo atinente a la imposiciòn de multa y remisiòn a la Justicia Penal.
A fs. 404: Suscripto que sea el mandamiento precedentemente librado, vuelvan los autos a despacho a fin de resolver.




Santiago V. Moran
Juez