Detalle del Edicto
Nº Edicto6891
Tipo EdictoAmparo Colectivo
CarátulaLAI, MARA NOEMI Y OTROS S/ AMPARO COLECTIVO
OrganismoSecretaría Causas Originarias y Constitucional STJ Nº4
Fecha de publicación en la Web Judicial11/05/2021
Fecha de publicación en el Boletín Oficial20/05/2021
Nº Boletin5980
Cantidad de días de publicación en el B.O.2
TextoLa señora Jueza del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Rio Negro, doctora Liliana L. Piccinini, ordena la publicación edictal en los autos caratulados "LAI, MARA NOEMI Y OTRO S/AMPARO COLECTIVO" Expte. N°OS4-304-STJ2021, que tramita por ante la Secretaría N° 4 a cargo de la doctora Ana J. Buzzeo, conforme lo dispuesto por el art. 15 de la Ley B 2779, haciendo saber el proveído que se transcribe: Viedma, 3 de mayo de 2021.-I) Por presentados, parte en el carácter invocado y por constituido domicilio legal. Por ampliada la demanda en fecha 09-04-21. Agréguese la documental acompaña.
II) Tener por promovida la acción de amparo incoada en los términos del art. 43 de la Constitución Provincial y Ley B 2779, con la legitimación suficiente para impulsar la acción de amparo a que refiere el presente trámite, en razón de lo dispuesto en los art(s). 8 y 9 de la ley antes mencionada.
III) Córrase traslado a la Provincia de Río Negro y a la Empresa Minera Cielo Azul S. A., para que contesten la demanda planteada por los amparistas en el plazo perentorio de cinco (5) días, asegurando el principio de contradicción en observancia del derecho de defensa y ofrezcan la prueba que consideren pertinente al ejercicio de su derecho de defensa y con consideración a la bilateralidad restringida que caracteriza a toda acción de amparo (cf. art(s). 43 de la Const. Provincial y 14 de la Ley B 2779).
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V) Intimar a la amparista a presentar en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas el texto de edictos del art. 15 de la Ley B 2779 para publicar a su costa en el Boletín Oficial y procédase a la publicación prevista por la Acordada N° 4/18.
Notifíquese por cédula a las requeridas Empresa Minera Cielo Azul S. A., a la señora Gobernadora y al señor Fiscal de Estado de la Provincia, con entrega de copias de la acción deducida y documental acompañada.
Con los datos pertinentes y la presente resolución líbrese oficio al Registro de Juicios Colectivos.
Diligencias a cargo de la parte accionante.
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A lo demás, oportunamente.
Fdo.: LILIANA L. PICCININI JUEZA SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA