Poder Judicial de Río Negro
Datos del Expediente
Datos del Expediente
Nro. Receptoría | Z-2RO-2105-AM2-21 |
Nro. 1ra. Instancia | S-2RO-44-C1-21 |
Nro. 2da. Instancia | Sin Datos |
Nro. 3ra. Instancia | Sin Datos |
Carátula | QUEZADA, YESSICA PAOLA y OTROS C/ AGUAS RIONEGRINAS S.A. y MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA S/ AMPARO COLECTIVO(c)
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Tipo de Proceso | AMPARO COLECTIVO(c) |
Movimiento
Movimiento
Descricpión | DRA. DELUCCHI MANIFIESTA, SOLICITA SE FIJE AUDIENCIA.- SE ORDENA OFICIO DIMARC
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Fecha Proveído | 23/09/2021 |
Organismo | Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº1 - General Roca |
Texto del Proveido
Texto del Proveido
Expte. Nro: Z-2RO-2105-AM1-21
General Roca, 23 de septiembre de 2021.- MG
Proveyendo la presentación de la Dra. Delucchi de fecha 21/09/2021 13:05:48 hs.:
Siendo que en fecha 28/05/2021 se ha resuelto en forma favorable el pedido de derivación del presente conflicto al método de autocomposición de conflictos complejos mediante facilitación, y atento lo manifestado por la Dra Delucchi, líbrese oficio a DIMARC a fin de que informen sobre el estado actual de la problématica objeto del presente amparo en relación a los aspectos sometidos a negociación que fueran detallados en fecha 03/06/2021.-
Todo ello con arreglo a lo dispuesto por el art.73 de la Ley 5450 "...Sin perjuicio del deber de confidencialidad garantizado, el equipo de facilitadores/as brinda periódicamente información al organismo judicial derivador, sobre lo que estiman adecuado en el marco de la negociación."
Hágase saber que tanto la confección del oficio como su remisión estará a cargo de la letrada.-
Andrea V. de la Iglesia
Jueza subrogante