Poder Judicial de Río Negro
Datos del Expediente
Datos del Expediente
Nro. Receptoría | S-2RO-43-C2021 |
Nro. 1ra. Instancia | S-2RO-43-C1-21 |
Nro. 2da. Instancia | Sin Datos |
Nro. 3ra. Instancia | Sin Datos |
Carátula | MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA Y OTRA C/ AGUAS RIONEGRINAS S.A. y D.P.A. S/ AMPARO COLECTIVO(c) (BARRIO BAGLIANI -CALLE URQUIZA ENTRE 9 DE JULIO Y TUCUMAN-)
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Tipo de Proceso | AMPARO COLECTIVO(c) |
Movimiento
Movimiento
Descricpión | ACTA AUDIENCIA. DDA ASUME MEDIDAS CONFORME PLAN DE CONTINGENCIA. MANIFIESTA COMIENZO DE OBRAS. SE RECEPCIONAN CÉDULAS DILIGENCIADAS AL DPA Y ARSA EN FORMATO PAPEL POR MESA DE ENTRADA - SE AGREGAN EN SEON
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Fecha Proveído | 24/09/2021 |
Organismo | Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº1 - General Roca |
Texto del Proveido
Texto del Proveido
Municipalidad DE GENERAL ROCA Y OTRA C/ AGUAS RIONEGRINAS S.A. Y D.P.A. S/ AMPARO COLECTIVO(c) " (Exp. Nro: S-2RO-43-C1-21)
En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, a las 10 horas, del día 24 de septiembre de 2021 comparecen vía Zoom ante SS:
-por la Municipalidad de General Roca, el Dr. Juan Pablo Rosales y Dr. Silvio Garrido,
-por Aguas Rionegrinas, el Dr. Enrique Llanos; Esteban Gentile (subgerente de coordinación de servicios), el Dr. Matías Muñoz (Asesor Legal), Juan Martín Elicabe (Sub Gerencia de Plantas),
-por Fiscalía de Estado, Dr. Enrique Llanos,
-por el Ministerio Público Fiscal, el Dr. Andrés Nelli.-
Abierto el acto y luego de un intercambio de ideas, de comín acuerdo otorgan una ampliación del plazo para formular el descargo (contestación de demanda) hasta el día 01/10/2021.-
Dejo constancia que según lo conversado, la demandada se compromete a adoptar medidas de mitigación y de desinfección en la zona conforme al Plan de Manejo de Contigencias; asimismo informaron sobre las obras que próximamente comenzarán -semana que viene- y que darán solución al sector -detallándose al contestar el traslado de esta acción-.-
No siendo para más se da por terminado el acto, habiendo grabado el acto y compartido pantalla para su lectura y ratificación.-
Andrea V. de la Iglesia
Jueza subrogante AGRÉGUESE.-