Poder Judicial de Río Negro


Datos del Expediente


Datos del Expediente

Nro. ReceptoríaQ-3BA-18-C2019
Nro. 1ra. Instancia21135-21
Nro. 2da. InstanciaSin Datos
Nro. 3ra. InstanciaSin Datos
CarátulaGUEVARA, TOMÁS ALEJANDRO Y OTROS C/ MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ AMPARO COLECTIVO(c)
Tipo de ProcesoAMPARO COLECTIVO(c)

Movimiento

Movimiento

DescricpiónVuelvan al Juzgado N3
Fecha Proveído17/11/2021
OrganismoJuzgado Civil,Comercial y Mineria Nº5 - Secretaría Nº1 - S.C. de Bariloche

Texto del Proveido

Texto del Proveido

GUEVARA, TOMÁS ALEJANDRO Y OTROS C/ MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ AMPARO COLECTIVO(c) (21135-21).

San Carlos de Bariloche, 17 de noviembre de 2021.-
I) Por recibido.-
II) Por no encontrarse firme la sentencia dictada por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Rio Negro; vuelvan los autos al Juzgado remitente a sus efectos.
Téngase presente que conforme ha señalado el Alto Tribunal de la provincia; con el fin de evitar perjuicios mas gravosos para las partes, "una sentencia no está firme, ni hay cosa juzgada, ni es factible su ejecución si media un recurso de queja, salvo que se pruebe la posibilidad de un perjuicio grave o irreparable" (Abrameto c/ Provincia de Río Negro", S.I. 128 del 03/08/2000, Sala Laboral - SAIJ: F0030885; F0030886; F0030890; F0030891).-
III) Déjase sin efecto el sorteo efectuado a este juzgado y comuníquese a receptoría.



Cristian Tau Anzoátegui
Juez