Poder Judicial de Río Negro


Datos del Expediente


Datos del Expediente

Nro. ReceptoríaQ-4CI-1-C2013
Nro. 1ra. Instancia33230
Nro. 2da. InstanciaSin Datos
Nro. 3ra. InstanciaSin Datos
CarátulaGARCIA SILVERIO Y OTROS C/ PETROLIFERA PETROLIUM AMERICAS LIMITED Y OTRA S/ AMPARO COLECTIVO(c)
Tipo de ProcesoAMPARO COLECTIVO(c)

Movimiento

Movimiento

DescricpiónCEDULA NILDA FIGUEROA CEDULA NILDA FIGUEROA CONTITUIDO CEDULA NILDA FIGUEROA EVENT. CONST. BIS (Dr. MENA) CEDULA CONSTITUIDO ROSSI CEDULA BAUTISTA CEDULA JUAN CEDULA PEDRO CEDULA ANGELA CEDULA VALENTINA CEDULA PAULINA CEDULA MARTIN HIPOLITO CEDULA RAUL SE LIBRA/N CEDULA/S y OFICIO CEDULA MORALES DE ÑANCULEO OFICIO SECRETARIA AMBIENTE CEDULA DOM CONST. ROSSI BIS CALLE 9 de JULIO CEDULA FIGUEROA CONST. BIS 9 DE JULIO 1407
Fecha Proveído30/09/2015
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº1 - Cipolletti

Texto del Proveido

Texto del Proveido

*14K3XG.GEQ3Y5*

CEDULA DE NOTIFICACION

Señor: FIGUEROA, NILDA
CALLE: LA PAZ 270 (REAL)
CATRIEL

HAGO SABER A UD. que, en los autos caratulados: “GARCIA SILVERIO Y OTROS C/ PETROLIFERA PETROLIUM AMERICAS LIMITED Y OTRA S/ AMPARO COLECTIVO” (Expte. 33230) de trámite ante este Juzgado Civil Comercial y de Minería Nro. 1, a cargo del Dr. ALEJANDRO CABRAL Y VEDIA, Secretaría única, con asiento en ROCA 599, de la ciudad de Cipolletti, se ha dispuesto notificarle la providencia que en su parte pertinente dice: "Cipolletti, 28 de septiembre de 2015. Atento el trámite de los presentes y conforme ya fuera provisto a fs. 469, 482 y 484 respecto de igual planteo, téngase presente el desistimiento formulado por los Sres. SILVERIO GARCÍA y NILDA FIGUEROA respecto de la demandada contra PETROLIFERA PETROLEUM AMERICAS LIMITED y DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS. Sin perjuicio de ello, y atento las constancias de autos, INTIMESE a la Sra. NILDA FIGUEROA para que en el término de cinco (5) días hábiles de notificada manifieste si continúa la acción contra C.G.C. S.A. NOTIFIQUESE POR SECRETARIA. Fdo. Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Juez".
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
CIPOLLETTI, 30 de septiembre de 2015.


Dra. María Adela Fernández
Secretaria *14K3XG.4QTMTA*

CEDULA DE NOTIFICACION

Señor: FIGUEROA, NILDA
(Dr./a MARIANO ANDRES ROSSI) (Apoderado / patrocinante)
Señor: MENGELLE 653 (CONSTITUIDO)
CIPOLLETTI

HAGO SABER A UD. que, en los autos caratulados: “GARCIA SILVERIO Y OTROS C/ PETROLIFERA PETROLIUM AMERICAS LIMITED Y OTRA S/ AMPARO COLECTIVO” (Expte. 33230) de trámite ante este Juzgado Civil Comercial y de Minería Nro. 1, a cargo del Dr. ALEJANDRO CABRAL Y VEDIA, Secretaría única, con asiento en ROCA 599, de la ciudad de Cipolletti, se ha dispuesto notificarle la providencia que en su parte pertinente dice: "Cipolletti, 28 de septiembre de 2015. Atento el trámite de los presentes y conforme ya fuera provisto a fs. 469, 482 y 484 respecto de igual planteo, téngase presente el desistimiento formulado por los Sres. SILVERIO GARCÍA y NILDA FIGUEROA respecto de la demandada contra PETROLIFERA PETROLEUM AMERICAS LIMITED y DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS. Sin perjuicio de ello, y atento las constancias de autos, INTIMESE a la Sra. NILDA FIGUEROA para que en el término de cinco (5) días hábiles de notificada manifieste si continúa la acción contra C.G.C. S.A. NOTIFIQUESE POR SECRETARIA... Fdo. Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Juez".
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
CIPOLLETTI, 30 de septiembre de 2015.


Dra. María Adela Fernández
Secretaria *14K3XG.4KTQGY*

CEDULA DE NOTIFICACIÓN
Señor: FIGUEROA, NILDA
(Dr./a JORGE MENA) (Apoderado / patrocinante)
Señor: INDEPENDENCIA 211 (CONSTITUIDO)
CIPOLLETTI

HAGO SABER A UD. que, en los autos caratulados: “GARCIA SILVERIO Y OTROS C/ PETROLIFERA PETROLIUM AMERICAS LIMITED Y OTRA S/ AMPARO COLECTIVO” (Expte. 33230) de trámite ante este Juzgado Civil Comercial y de Minería Nro. 1, a cargo del Dr. ALEJANDRO CABRAL Y VEDIA, Secretaría única, con asiento en ROCA 599, de la ciudad de Cipolletti, se ha dispuesto notificarle la providencia que en su parte pertinente dice: "Cipolletti, 28 de septiembre de 2015. Atento el trámite de los presentes y conforme ya fuera provisto a fs. 469, 482 y 484 respecto de igual planteo, téngase presente el desistimiento formulado por los Sres. SILVERIO GARCÍA y NILDA FIGUEROA respecto de la demandada contra PETROLIFERA PETROLEUM AMERICAS LIMITED y DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS. Sin perjuicio de ello, y atento las constancias de autos, INTIMESE a la Sra. NILDA FIGUEROA para que en el término de cinco (5) días hábiles de notificada manifieste si continúa la acción contra C.G.C. S.A. NOTIFIQUESE POR SECRETARIA... Fdo. Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Juez".
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
CIPOLLETTI, 30 de septiembre de 2015.

Dra. María Adela Fernández
Secretaria
*14K3XG.4VKLIM*

CEDULA DE NOTIFICACION

Señor: MORALES DE ÑANCULEO MARTINA - ÑANCULEO MARTIN HIPOLITO- ÑANCULEO PEDRO AMODEO - ÑANCULEO VALENTINA - ÑANCULEO ERMELINDA - ÑANCULEO PAULA ROSA - ÑANCULEO ANGELA DORA - ÑANCULEO RAUL HECTOR - ÑANCULEO JUAN - ÑANCULEO BAUTISTA
(Dr./a MARIANO ANDRES ROSSI (Apoderado / patrocinante)
CALLE: MENGELLE 653 (Constituido)
CIPOLLETTI

HAGO SABER A UD. que, en los autos caratulados: “GARCIA SILVERIO Y OTROS C/ PETROLIFERA PETROLIUM AMERICAS LIMITED Y OTRA S/ AMPARO COLECTIVO” (Expte. 33230) de trámite ante este Juzgado Civil Comercial y de Minería Nro. 1, a cargo del Dr. ALEJANDRO CABRAL Y VEDIA, Secretaría única, con asiento en ROCA 599, de la ciudad de Cipolletti, se ha dispuesto notificarle la providencia que en su parte pertinente dice: "Cipolletti, 28 de septiembre de 2015. Atento el trámite de los presentes y conforme ya fuera provisto a fs. 469, 482 y 484 respecto de igual planteo, téngase presente el desistimiento formulado por los Sres. SILVERIO GARCÍA y NILDA FIGUEROA respecto de la demandada contra PETROLIFERA PETROLEUM AMERICAS LIMITED y DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS .... De igual modo, y dadas las constancias obrantes en el expediente. INTIMESE a los Sres. Martina Morales, Martín Hipólito Ñanculeo, Pedro Amadeo Ñanculeo, Valentina Ermelinda Ñanculeo, Paua Rosa Ñanculeo, Angela Dora Ñanculeo, Raúl Héctor Ñanculeo, Juan Ñanculeo y Bautista Ñanaculeo para que en el término de cinco (5) días hábiles de notificados, manifiesten si continúan la acción contra Petrolífera Petrolium Americas Limited y DPA. NOTIFIQUESE POR SECRETARIA.... Fdo. Dr. Alejandro Cabral y Vedia. JUEZ".-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
CIPOLLETTI, 30 de septiembre de 2015.

Dra. María Adela Fernández
Secretaria *14K3XG.CDT0Z4*

CEDULA DE NOTIFICACION
LEY 22172

Señor: ÑANCULEO, BAUTISTA
CALLE: JOSE INGENIEROS 1727 (REAL)
NEUQUEN CAPITAL

HAGO SABER A UD. que, en los autos caratulados: “GARCIA SILVERIO Y OTROS C/ PETROLIFERA PETROLIUM AMERICAS LIMITED Y OTRA S/ AMPARO COLECTIVO” (Expte. 33230) de trámite ante este Juzgado Civil Comercial y de Minería Nro. 1, a cargo del Dr. ALEJANDRO CABRAL Y VEDIA, Secretaría única, con asiento en ROCA 599, de la ciudad de Cipolletti, se ha dispuesto notificarle la providencia que en su parte pertinente dice: "Cipolletti, 28 de septiembre de 2015. Atento el trámite de los presentes y conforme ya fuera provisto a fs. 469, 482 y 484 respecto de igual planteo, téngase presente el desistimiento formulado por los Sres. SILVERIO GARCÍA y NILDA FIGUEROA respecto de la demandada contra PETROLIFERA PETROLEUM AMERICAS LIMITED y DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS .... De igual modo, y dadas las constancias obrantes en el expediente. INTIMESE a los Sres. Martina Morales, Martín Hipólito Ñanculeo, Pedro Amadeo Ñanculeo, Valentina Ermelinda Ñanculeo, Paua Rosa Ñanculeo, Angela Dora Ñanculeo, Raúl Héctor Ñanculeo, Juan Ñanculeo y Bautista Ñanaculeo para que en el término de cinco (5) días hábiles de notificados, manifiesten si continúan la acción contra Petrolífera Petrolium Americas Limited y DPA. NOTIFIQUESE POR SECRETARIA.... Fdo. Dr. Alejandro Cabral y Vedia. JUEZ".
El Juzgado es competente en autos en razón de las personas y materia.
Déjase expresa contancia que tratándose de una notificación ordenada y practicada por secretaría se encuentra exenta del pago de aranceles.
El Defensor Oficial con Jurisdicción en la ciudad de Neuquén Capital, se encuentra facultado para el diligenciamiento
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
CIPOLLETTI, 30 de septiembre de 2015.

Dra. María Adela Fernández
Secretaria *14K3XG.FB55J6*

CEDULA DE NOTIFICACION

Señor: ÑANCULEO, JUAN
CALLE: PRIMEROS POBLADORES 362 (REAL)
CATRIEL
HAGO SABER A UD. que, en los autos caratulados: “GARCIA SILVERIO Y OTROS C/ PETROLIFERA PETROLIUM AMERICAS LIMITED Y OTRA S/ AMPARO COLECTIVO” (Expte. 33230) de trámite ante este Juzgado Civil Comercial y de Minería Nro. 1, a cargo del Dr. ALEJANDRO CABRAL Y VEDIA, Secretaría única, con asiento en ROCA 599, de la ciudad de Cipolletti, se ha dispuesto notificarle la providencia que en su parte pertinente dice: "Cipolletti, 28 de septiembre de 2015. Atento el trámite de los presentes y conforme ya fuera provisto a fs. 469, 482 y 484 respecto de igual planteo, téngase presente el desistimiento formulado por los Sres. SILVERIO GARCÍA y NILDA FIGUEROA respecto de la demandada contra PETROLIFERA PETROLEUM AMERICAS LIMITED y DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS .... De igual modo, y dadas las constancias obrantes en el expediente. INTIMESE a los Sres. Martina Morales, Martín Hipólito Ñanculeo, Pedro Amadeo Ñanculeo, Valentina Ermelinda Ñanculeo, Paua Rosa Ñanculeo, Angela Dora Ñanculeo, Raúl Héctor Ñanculeo, Juan Ñanculeo y Bautista Ñanaculeo para que en el término de cinco (5) días hábiles de notificados, manifiesten si continúan la acción contra Petrolífera Petrolium Americas Limited y DPA. NOTIFIQUESE POR SECRETARIA.... Fdo. Dr. Alejandro Cabral y Vedia. JUEZ".-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
CIPOLLETTI, 30 de septiembre de 2015.

Dra. María Adela Fernández
Secretaria *14K3XG.22F3LX*

CEDULA DE NOTIFICACION

Señor: ÑANCULEO, PEDRO AMADEO
CALLE: REPUBLICA ALEMANA 628 (REAL)
CATRIEL
HAGO SABER A UD. que, en los autos caratulados: “GARCIA SILVERIO Y OTROS C/ PETROLIFERA PETROLIUM AMERICAS LIMITED Y OTRA S/ AMPARO COLECTIVO” (Expte. 33230) de trámite ante este Juzgado Civil Comercial y de Minería Nro. 1, a cargo del Dr. ALEJANDRO CABRAL Y VEDIA, Secretaría única, con asiento en ROCA 599, de la ciudad de Cipolletti, se ha dispuesto notificarle la providencia que en su parte pertinente dice: "Cipolletti, 28 de septiembre de 2015. Atento el trámite de los presentes y conforme ya fuera provisto a fs. 469, 482 y 484 respecto de igual planteo, téngase presente el desistimiento formulado por los Sres. SILVERIO GARCÍA y NILDA FIGUEROA respecto de la demandada contra PETROLIFERA PETROLEUM AMERICAS LIMITED y DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS .... De igual modo, y dadas las constancias obrantes en el expediente. INTIMESE a los Sres. Martina Morales, Martín Hipólito Ñanculeo, Pedro Amadeo Ñanculeo, Valentina Ermelinda Ñanculeo, Paua Rosa Ñanculeo, Angela Dora Ñanculeo, Raúl Héctor Ñanculeo, Juan Ñanculeo y Bautista Ñanaculeo para que en el término de cinco (5) días hábiles de notificados, manifiesten si continúan la acción contra Petrolífera Petrolium Americas Limited y DPA. NOTIFIQUESE POR SECRETARIA.... Fdo. Dr. Alejandro Cabral y Vedia. JUEZ".-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
CIPOLLETTI, 30 de septiembre de 2015.
Dra. María Adela Fernández
Secretaria *14K3XG.9Z96AS*

CEDULA DE NOTIFICACION

Señor: ÑANCULEO, ANGELA DORA
CALLE: ATENAS427 (REAL)
CATRIEL
HAGO SABER A UD. que, en los autos caratulados: “GARCIA SILVERIO Y OTROS C/ PETROLIFERA PETROLIUM AMERICAS LIMITED Y OTRA S/ AMPARO COLECTIVO” (Expte. 33230) de trámite ante este Juzgado Civil Comercial y de Minería Nro. 1, a cargo del Dr. ALEJANDRO CABRAL Y VEDIA, Secretaría única, con asiento en ROCA 599, de la ciudad de Cipolletti, se ha dispuesto notificarle la providencia que en su parte pertinente dice: "Cipolletti, 28 de septiembre de 2015. Atento el trámite de los presentes y conforme ya fuera provisto a fs. 469, 482 y 484 respecto de igual planteo, téngase presente el desistimiento formulado por los Sres. SILVERIO GARCÍA y NILDA FIGUEROA respecto de la demandada contra PETROLIFERA PETROLEUM AMERICAS LIMITED y DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS .... De igual modo, y dadas las constancias obrantes en el expediente. INTIMESE a los Sres. Martina Morales, Martín Hipólito Ñanculeo, Pedro Amadeo Ñanculeo, Valentina Ermelinda Ñanculeo, Paua Rosa Ñanculeo, Angela Dora Ñanculeo, Raúl Héctor Ñanculeo, Juan Ñanculeo y Bautista Ñanaculeo para que en el término de cinco (5) días hábiles de notificados, manifiesten si continúan la acción contra Petrolífera Petrolium Americas Limited y DPA. NOTIFIQUESE POR SECRETARIA.... Fdo. Dr. Alejandro Cabral y Vedia. JUEZ".-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
CIPOLLETTI, 30 de septiembre de 2015.
Dra. María Adela Fernández
Secretaria *14K3XG.C2EC9Y*

CEDULA DE NOTIFICACION

Señor: ÑANCULEO, VALENTINA ERMELINDA
CALLE: SAN MARTIN 182 (REAL)
CATRIEL
HAGO SABER A UD. que, en los autos caratulados: “GARCIA SILVERIO Y OTROS C/ PETROLIFERA PETROLIUM AMERICAS LIMITED Y OTRA S/ AMPARO COLECTIVO” (Expte. 33230) de trámite ante este Juzgado Civil Comercial y de Minería Nro. 1, a cargo del Dr. ALEJANDRO CABRAL Y VEDIA, Secretaría única, con asiento en ROCA 599, de la ciudad de Cipolletti, se ha dispuesto notificarle la providencia que en su parte pertinente dice: "Cipolletti, 28 de septiembre de 2015. Atento el trámite de los presentes y conforme ya fuera provisto a fs. 469, 482 y 484 respecto de igual planteo, téngase presente el desistimiento formulado por los Sres. SILVERIO GARCÍA y NILDA FIGUEROA respecto de la demandada contra PETROLIFERA PETROLEUM AMERICAS LIMITED y DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS .... De igual modo, y dadas las constancias obrantes en el expediente. INTIMESE a los Sres. Martina Morales, Martín Hipólito Ñanculeo, Pedro Amadeo Ñanculeo, Valentina Ermelinda Ñanculeo, Paua Rosa Ñanculeo, Angela Dora Ñanculeo, Raúl Héctor Ñanculeo, Juan Ñanculeo y Bautista Ñanaculeo para que en el término de cinco (5) días hábiles de notificados, manifiesten si continúan la acción contra Petrolífera Petrolium Americas Limited y DPA. NOTIFIQUESE POR SECRETARIA.... Fdo. Dr. Alejandro Cabral y Vedia. JUEZ".-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
CIPOLLETTI, 30 de septiembre de 2015.
Dra. María Adela Fernández
Secretaria *14K3XG.H4AVFC*

CEDULA DE NOTIFICACION

Señor: ÑANCULEO, PAULINA ROSA
CALLE: REPUBLICA ALEMANA 628 (REAL)
CATRIEL
HAGO SABER A UD. que, en los autos caratulados: “GARCIA SILVERIO Y OTROS C/ PETROLIFERA PETROLIUM AMERICAS LIMITED Y OTRA S/ AMPARO COLECTIVO” (Expte. 33230) de trámite ante este Juzgado Civil Comercial y de Minería Nro. 1, a cargo del Dr. ALEJANDRO CABRAL Y VEDIA, Secretaría única, con asiento en ROCA 599, de la ciudad de Cipolletti, se ha dispuesto notificarle la providencia que en su parte pertinente dice: "Cipolletti, 28 de septiembre de 2015. Atento el trámite de los presentes y conforme ya fuera provisto a fs. 469, 482 y 484 respecto de igual planteo, téngase presente el desistimiento formulado por los Sres. SILVERIO GARCÍA y NILDA FIGUEROA respecto de la demandada contra PETROLIFERA PETROLEUM AMERICAS LIMITED y DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS .... De igual modo, y dadas las constancias obrantes en el expediente. INTIMESE a los Sres. Martina Morales, Martín Hipólito Ñanculeo, Pedro Amadeo Ñanculeo, Valentina Ermelinda Ñanculeo, Paua Rosa Ñanculeo, Angela Dora Ñanculeo, Raúl Héctor Ñanculeo, Juan Ñanculeo y Bautista Ñanaculeo para que en el término de cinco (5) días hábiles de notificados, manifiesten si continúan la acción contra Petrolífera Petrolium Americas Limited y DPA. NOTIFIQUESE POR SECRETARIA.... Fdo. Dr. Alejandro Cabral y Vedia. JUEZ".-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
CIPOLLETTI, 30 de septiembre de 2015.
Dra. María Adela Fernández
Secretaria *14K3XG.8LV1FM*

CEDULA DE NOTIFICACION
Señor: ÑANCULEO, MARTIN HIPOLITO
CALLE: PEDRO GIACHINO 607 (REAL)
CATRIEL
HAGO SABER A UD. que, en los autos caratulados: “GARCIA SILVERIO Y OTROS C/ PETROLIFERA PETROLIUM AMERICAS LIMITED Y OTRA S/ AMPARO COLECTIVO” (Expte. 33230) de trámite ante este Juzgado Civil Comercial y de Minería Nro. 1, a cargo del Dr. ALEJANDRO CABRAL Y VEDIA, Secretaría única, con asiento en ROCA 599, de la ciudad de Cipolletti, se ha dispuesto notificarle la providencia que en su parte pertinente dice: "Cipolletti, 28 de septiembre de 2015. Atento el trámite de los presentes y conforme ya fuera provisto a fs. 469, 482 y 484 respecto de igual planteo, téngase presente el desistimiento formulado por los Sres. SILVERIO GARCÍA y NILDA FIGUEROA respecto de la demandada contra PETROLIFERA PETROLEUM AMERICAS LIMITED y DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS .... De igual modo, y dadas las constancias obrantes en el expediente. INTIMESE a los Sres. Martina Morales, Martín Hipólito Ñanculeo, Pedro Amadeo Ñanculeo, Valentina Ermelinda Ñanculeo, Paua Rosa Ñanculeo, Angela Dora Ñanculeo, Raúl Héctor Ñanculeo, Juan Ñanculeo y Bautista Ñanaculeo para que en el término de cinco (5) días hábiles de notificados, manifiesten si continúan la acción contra Petrolífera Petrolium Americas Limited y DPA. NOTIFIQUESE POR SECRETARIA.... Fdo. Dr. Alejandro Cabral y Vedia. JUEZ".-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
CIPOLLETTI, 30 de septiembre de 2015.
Dra. María Adela Fernández
Secretaria *14K3XG.EW98VE*

CEDULA DE NOTIFICACION

Señor: ÑANCULEO, RAUL HECTOR
CALLE: ATENAS 427 (REAL)
CATRIEL
HAGO SABER A UD. que, en los autos caratulados: “GARCIA SILVERIO Y OTROS C/ PETROLIFERA PETROLIUM AMERICAS LIMITED Y OTRA S/ AMPARO COLECTIVO” (Expte. 33230) de trámite ante este Juzgado Civil Comercial y de Minería Nro. 1, a cargo del Dr. ALEJANDRO CABRAL Y VEDIA, Secretaría única, con asiento en ROCA 599, de la ciudad de Cipolletti, se ha dispuesto notificarle la providencia que en su parte pertinente dice: "Cipolletti, 28 de septiembre de 2015. Atento el trámite de los presentes y conforme ya fuera provisto a fs. 469, 482 y 484 respecto de igual planteo, téngase presente el desistimiento formulado por los Sres. SILVERIO GARCÍA y NILDA FIGUEROA respecto de la demandada contra PETROLIFERA PETROLEUM AMERICAS LIMITED y DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS .... De igual modo, y dadas las constancias obrantes en el expediente. INTIMESE a los Sres. Martina Morales, Martín Hipólito Ñanculeo, Pedro Amadeo Ñanculeo, Valentina Ermelinda Ñanculeo, Paua Rosa Ñanculeo, Angela Dora Ñanculeo, Raúl Héctor Ñanculeo, Juan Ñanculeo y Bautista Ñanaculeo para que en el término de cinco (5) días hábiles de notificados, manifiesten si continúan la acción contra Petrolífera Petrolium Americas Limited y DPA. NOTIFIQUESE POR SECRETARIA.... Fdo. Dr. Alejandro Cabral y Vedia. JUEZ".-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
CIPOLLETTI, 30 de septiembre de 2015.
Dra. María Adela Fernández
Secretaria En 30 de septiembre de 2015 se libran 15 Cedulas y un oficio. Conste Dra. María Adela Fernández Secretaria *14K3XG.GKU508*

CEDULA DE NOTIFICACION

Señor: MORALES DE ÑANCULEO, MARTINA
CALLE: ATENAS 427 (REAL)
CATRIEL
HAGO SABER A UD. que, en los autos caratulados: “GARCIA SILVERIO Y OTROS C/ PETROLIFERA PETROLIUM AMERICAS LIMITED Y OTRA S/ AMPARO COLECTIVO” (Expte. 33230) de trámite ante este Juzgado Civil Comercial y de Minería Nro. 1, a cargo del Dr. ALEJANDRO CABRAL Y VEDIA, Secretaría única, con asiento en ROCA 599, de la ciudad de Cipolletti, se ha dispuesto notificarle la providencia que en su parte pertinente dice: "Cipolletti, 28 de septiembre de 2015. Atento el trámite de los presentes y conforme ya fuera provisto a fs. 469, 482 y 484 respecto de igual planteo, téngase presente el desistimiento formulado por los Sres. SILVERIO GARCÍA y NILDA FIGUEROA respecto de la demandada contra PETROLIFERA PETROLEUM AMERICAS LIMITED y DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS .... De igual modo, y dadas las constancias obrantes en el expediente. INTIMESE a los Sres. Martina Morales, Martín Hipólito Ñanculeo, Pedro Amadeo Ñanculeo, Valentina Ermelinda Ñanculeo, Paua Rosa Ñanculeo, Angela Dora Ñanculeo, Raúl Héctor Ñanculeo, Juan Ñanculeo y Bautista Ñanaculeo para que en el término de cinco (5) días hábiles de notificados, manifiesten si continúan la acción contra Petrolífera Petrolium Americas Limited y DPA. NOTIFIQUESE POR SECRETARIA.... Fdo. Dr. Alejandro Cabral y Vedia. JUEZ".-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
CIPOLLETTI, 30 de septiembre de 2015.
Dra. María Adela Fernández
Secretaria OFICIO
Cipolletti, 30 de septiembre de 2015.
Sres.:
SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
COLON 275
VIEDMA - RIO NEGRO
Me dirijo a Ud. en los autos caratulados: “GARCIA SILVERIO Y OTROS C/ PETROLIFERA PETROLIUM AMERICAS LIMITED Y OTRA S/ AMPARO COLECTIVO" (Expte. 33230) los que tramitan ante este Juzgado Civil, Comercial y de Mineria Nro. 7, a cargo del Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Secretaria UNICA , con domicilio en ROCA 599 de Cipolletti, a fin de requerirle informe en el término de 48 Hs. respecto del cumplimiento del plan de remediación aprobado a C.G.C. S.A. y el presentado por la firma Petrolifera Petrolium Americas Limited, conforme se detalla en la providencia que a continuación se transcribe.
La providencia que así lo ordena en su parte pertinente dice: "Cipolletti, 28 de septiembre de 2015.... Líbrese oficio a la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable (sita en Colón Nº 275-Viedma, Río Negro), de la provincia de Río Negro, a fin de que en el plazo de 48 hs. de recibida la presente, por intermedio de quien corresponda, se constituya en los predios ubicados en la zona perilago del Lago Sargento Ocon, Casa de Piedra, registro catastral Nº 02-4-655055 y Nº 02-4-630-270, identificados como de Ñanculeo y Silverio García, a fin de fiscalizar y constatar el plan de remediación aprobado a C.G.C. S.A. y el presentado por la firma Petrolifera Petrolium Americas Limited, debiendo informar al Juzgado lo pertinente en el término 48 hs. de cumplida la diligencia. CÚMPLASE POR SECRETARIA. Fdo. Dr. Alejandro Cabral y Vedia. Juez
Sin otro particular, saludo a Ud. Atte.


Dra. María Adela Fernández
Secretaria *14K3XG.6RPBIK*

CEDULA DE NOTIFICACION

Señor: MORALES DE ÑANCULEO MARTINA - ÑANCULEO MARTIN HIPOLITO- ÑANCULEO PEDRO AMADEO - ÑANCULEO VALENTINA - ÑANCULEO ERMELINDA - ÑANCULEO PAULA ROSA - ÑANCULEO ANGELA DORA - ÑANCULEO RAUL HECTOR - ÑANCULEO JUAN - ÑANCULEO BAUTISTA
(Dr./a MARIANO ANDRES ROSSI (Apoderado / patrocinante)
CALLE: 9 DE JULIO Nº 1407 (Constituido)
CIPOLLETTI

HAGO SABER A UD. que, en los autos caratulados: “GARCIA SILVERIO Y OTROS C/ PETROLIFERA PETROLIUM AMERICAS LIMITED Y OTRA S/ AMPARO COLECTIVO” (Expte. 33230) de trámite ante este Juzgado Civil Comercial y de Minería Nro. 1, a cargo del Dr. ALEJANDRO CABRAL Y VEDIA, Secretaría única, con asiento en ROCA 599, de la ciudad de Cipolletti, se ha dispuesto notificarle la providencia que en su parte pertinente dice: "Cipolletti, 28 de septiembre de 2015. Atento el trámite de los presentes y conforme ya fuera provisto a fs. 469, 482 y 484 respecto de igual planteo, téngase presente el desistimiento formulado por los Sres. SILVERIO GARCÍA y NILDA FIGUEROA respecto de la demandada contra PETROLIFERA PETROLEUM AMERICAS LIMITED y DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS .... De igual modo, y dadas las constancias obrantes en el expediente. INTIMESE a los Sres. Martina Morales, Martín Hipólito Ñanculeo, Pedro Amadeo Ñanculeo, Valentina Ermelinda Ñanculeo, PauLa Rosa Ñanculeo, Angela Dora Ñanculeo, Raúl Héctor Ñanculeo, Juan Ñanculeo y Bautista Ñanaculeo para que en el término de cinco (5) días hábiles de notificados, manifiesten si continúan la acción contra Petrolífera Petrolium Americas Limited y DPA. NOTIFIQUESE POR SECRETARIA.... Fdo. Dr. Alejandro Cabral y Vedia. JUEZ".-

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
CIPOLLETTI, 30 de septiembre de 2015.

Dra. María Adela Fernández
Secretaria *14K3XG.F0RVXH*

CEDULA DE NOTIFICACION

Señor: FIGUEROA, NILDA
(Dr./a JORGE MENA) (Apoderado / patrocinante)
Señor: 9 de JULIO 1407 (CONSTITUIDO)
CIPOLLETTI

HAGO SABER A UD. que, en los autos caratulados: “GARCIA SILVERIO Y OTROS C/ PETROLIFERA PETROLIUM AMERICAS LIMITED Y OTRA S/ AMPARO COLECTIVO” (Expte. 33230) de trámite ante este Juzgado Civil Comercial y de Minería Nro. 1, a cargo del Dr. ALEJANDRO CABRAL Y VEDIA, Secretaría única, con asiento en ROCA 599, de la ciudad de Cipolletti, se ha dispuesto notificarle la providencia que en su parte pertinente dice: "Cipolletti, 28 de septiembre de 2015. Atento el trámite de los presentes y conforme ya fuera provisto a fs. 469, 482 y 484 respecto de igual planteo, téngase presente el desistimiento formulado por los Sres. SILVERIO GARCÍA y NILDA FIGUEROA respecto de la demandada contra PETROLIFERA PETROLEUM AMERICAS LIMITED y DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS. Sin perjuicio de ello, y atento las constancias de autos, INTIMESE a la Sra. NILDA FIGUEROA para que en el término de cinco (5) días hábiles de notificada manifieste si continúa la acción contra C.G.C. S.A. NOTIFIQUESE POR SECRETARIA... Fdo. Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Juez".
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
CIPOLLETTI, 30 de septiembre de 2015.

Dra. María Adela Fernández
Secretaria