Poder Judicial de Río Negro


Datos del Expediente


Datos del Expediente

Nro. ReceptoríaSin Datos
Nro. 1ra. Instancia4726
Nro. 2da. InstanciaSin Datos
Nro. 3ra. InstanciaSin Datos
CarátulaFIGUEROA EUSEBIO Y OTROS C/ GREGORIO NUMO Y NOEL WERTHEIN Y OTROS S/ VARIOS (APELADO)
Tipo de ProcesoVARIOS

Movimiento

Movimiento

DescricpiónORDENA NOTIFICAR AL FISCAL DE ESTADO CEDULA NUEVA (lex 9) - FISCAL DE ESTADO VIEDMA
Fecha Proveído19/02/2015
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº3 - Cipolletti

Texto del Proveido

Texto del Proveido

EXPTE. 4726
CIPOLLETTI, 19 de febrero de 2015.-sm

Advirtiéndose en ésta instancia que se ha omitido notificar la sentencia dictada en autos en el domicilio del Sr. Fiscal de Estado, líbrese cédula a tal fín.-


Dra. ANA V. GANUZA
Secretaria
*0NPJ66.GE45DT*
CEDULA DE NOTIFICACION

SEÑOR/ES: FISCAL DE ESTADO DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
DOMICILIO: ALVARO BARROS 328 (REAL)
VIEDMA

Hago saber a Ud. que en los autos caratulados “FIGUEROA EUSEBIO Y OTROS C/ GREGORIO NUMO Y NOEL WERTHEIN Y OTROS S/ VARIOS (APELADO)” (Expte.N°4726-III) que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. SOLEDAD PERUZZI, Secretaría UNICA de la Cuarta Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, con asiento de sus funciones en Roca Nº 599 de la ciudad de Cipolletti, se ha dispuesto notificar a Ud. la resolución que textualmente dice: "CIPOLLETTI, 08 de septiembre de 2014 VISTAS: ... RESULTA: ... CONSIDERANDO; ... RESUELVO:-------1.- HACER LUGAR A LA ACCIÓN DE AMPARO COLECTIVO, en el alcance desarrollado extensamente en los fundamentos; con costas.----- 2.- DIFERIR, para la etapa de ejecución de sentencia, la selección EN SU CASO de la obra que deberá ser llevada adelante a fin de obtener la REMEDIACIÓN DEL AMBIENTE, CONDICIONADA a la previa constatación del cese de la contaminación, a obtenerse mediante las directivas ordenadas y ejecutadas en el trámite del amparo “FIGUEROA EUSEBIO SEBASTIAN Y OTROS S/ AMPARO” (Expte. Nro. 233-04), y en la medida de lo posible en las mejores condiciones técnico socioeconómicas.------3.- REGULAR honorarios de los letrados patrocinantes de los actores, en conjunto, Dres Cecilia Saraceni y Mariano Rossi en la suma de $ 20.000. A su turno REGULAR a los dres. María Valeria Coronel, Liliana Staforini, Eduardo Martirena y Dr. Juan Pablo Martín en conjunto, la suma de $ 10.000; todos a cargo de la Provincia demandada. (arts. 6,7,8,9,39 y cdtes LA)--------4.- REGULAR a los Dres. Mónica Santos y Dr. Ricardo Apcarián en la suma de $8.000 a costa de la Municipalidad; y a la Dra Beatriz Urquizú en la suma de $ 8.000 a costa del Consorcio de Riego de Cipolletti, de acuerdo a los fundamentos desarrollados.(arts. 6,7,8,9,39 y cdtes LA)--------4.- REGULAR a los peritos Ing. Mancuso en la suma de $ 25.000 y a Ing. Filippi en $15.000... Fdo. DRA. SOLEDAD PERUZZI-JUEZ".-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CIPOLLETTI, 19 de FEBRERO 201


Dra. ANA V. GANUZA
Secretaria