Poder Judicial de Río Negro


Datos del Expediente


Datos del Expediente

Nro. ReceptoríaQ-4CI-10-C2016
Nro. 1ra. InstanciaQ-4CI-10-C2016
Nro. 2da. InstanciaSin Datos
Nro. 3ra. InstanciaSin Datos
CarátulaFIGUEROA EUSEBIO Y OTROS C/ GREGORIO NUMO Y NOEL WERTHEIN Y OTROS S/ AMPARO COLECTIVO(c) (APELADO)
Tipo de ProcesoAMPARO COLECTIVO(c)

Movimiento

Movimiento

DescricpiónAUDIENCIA
Fecha Proveído01/08/2018
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº1 - Cipolletti

Texto del Proveido

Texto del Proveido

En la ciudad de Cipolletti, el día 1° de agosto de 2018, siendo las 11:30 hs. comparecen a la audiencia fijada a fs. 1141, las siguientes personas: el perito ingeniero Norberto MANCUSO;  la Dra. Mónica SANTOS, como apoderada de la MUNICIPALIDAD DE CIPOLLETTI;  el Ing. GABRIEL EDUARDO SORA, Delagado de la Delegación Alto Valle del DPA;   el Dr. Edgardo Nicolas ALBRIEU, como apoderado de CELULOSA ALTO VALLE S.A. y GREGORIO NUMO Y NOEL WERTHEIN S.A., respecto de esta última como gestor procesal. Abierto el acto, el Ingeniero Mancuso, en virtud de lo ya informado en autos por la CNEA (fs. 1133/1134) y restantes averiguaaciones realizadas, destaca la imposibilidad que dicha Comisión lleve a cabo el dictamen sobre los puntos establecidos en audiencia de fecha 5/10/2017 (fs. 1116/1117). Ello, fundamentalmente, porque la misma no puede efectuar la toma de muestras de barro. Reitera su recomendación de encomendar todo ello a la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL COMAHUE y/o UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO NEGRO, y especialmente en la persona del docente especialista Dr. Miguel Ángel Martinez y su equipo de interconsulta..
Oído lo cual, S.S. dispone: Líbrese oficio a las referidas Universidades a fin de requerirele que informen sobre sus posibilidades concretas de practicar el dictamen en cuestión, con trascripción de los puntos periciales y, en su caso,  su forma y plazo de ejecución, como así también la estimación de su costo (presupuesto). Se encomienda su confección y diligenciamiento a la demandada CELULOSA ALTO VALLE S.A., dentro deL plazo de DIEZ (10) días. Consígense en el pedido de informe los datos completos del perito para eventuales contactos.-
No siendo para mas se da por finalizado el acto, firmando de conformidad por ante mí de lo que doy fe.