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Nº Edicto1111
CarátulaMAO DIEGO ARIEL S/ QUIEBRA (c)
Nro. ExpedienteRecep.:22858/15
1ª Ins.:22858/15
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería, de Familia y Sucesiones Nº31 - Choele Choel
Fecha de publicación en la Web Judicial2018-10-17
Fecha de publicación en el Boletín Oficial2018-10-25
Nº Boletín5716-5717-5718-5719-5720
Texto
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, de Minería y Sucesiones N° 31, de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provicnia de Río Negro, con asiento en calle 9 de Julio 221, 1° Piso, de la ciudad de Choele Choel, a cargo de la Dra. Natalia Costanzo, Juez, Secretaía única a cargo de la Dra. Guadalupe N. Garcia, hace saber que en los autos caratulados "MAO DIEGO ARIEL S/ QUIEBRA" (Expte. Nº 22858/15), en fecha 16 de abril de 2018 se decretó la quiebra de Diego Ariel Mao, DNI N° 23.939.129, CUIT 20-23939129-0, con domicilio real en Colonia Juliá y Echarren de la ciudad de Río Colorado, provincia de Río Negro. Se intima al fallido para que cumpla los requisitos a los que se refiere el Artículo 86 si no lo hubiera efectuado hasta este momento y para que entregue al síndico dentro de las VEINTICUATRO (24) horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad; como asi también pondrá a disposición del referido funcionario todos sus bienes y/o informe el lugar de su ubicación (art. 177/180 LCQ).  Intimase a terceros para que en el plazo de cinco (5) días, entreguen al síndico los bienes del fallido. Se prohiben los pagos al fallido, bajo apercibimiento de considerar los mismos ineficaces. Se suspende toda ejecución forzada sobre los bienes del fallido. Intercéptase la correspondencia del fallido. Se hace saber que el Síndico interviniente es el Cdor. Roque Martinez con domicilio constituido en Avda. San Martin n° 427 de Choele Choel, Provincia de Río Negro.