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Nº Edicto1138
CarátulaHASENCLEVER, KLAUS C/ GISMONDI, FRANCO S/ COBRO DE PESOS (Sumarísimo)
Nro. ExpedienteRecep.:B-3BA-78-C2013
1ª Ins.:B-3BA-78-C2013
OrganismoJuzgado Civil,Comercial y Mineria Nº3 - Secretaría Nº1 - S.C. de Bariloche
Fecha de publicación en la Web Judicial2018-10-19
Fecha de publicación en el Boletín Oficial(sin datos)
Nº Boletín(sin datos)
Texto

EDICTO

SANTIAGO V. MORAN, Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, de Minería y Sucesiones Nº 3, Calle J.J Paso Nº 167, Secretaria única a cargo de la Dra. ALEJANDRA MARCOLINI RODRIGUEZ, de la ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, le notifica al Sr. FRANCO GISMONDI, D.N.I. N° 26.364.420, la sentencia recaída en autos caratulados: “HASENCLEVER, KLAUS C/ GISMONDI, FRANCO S/ COBRO DE PESOS (Sumarísimo)”, (B-3BA-78-C2013), en fecha 08/04/15, que en sus partes pertinentes textualmente dice: “///San Carlos de Bariloche, 08 de abril de 2015.-…FALLO: 1) Hacer lugar a la demanda interpuesta y, en consecuencia, condenar a Franco Gismondi a abonar al Sr. Klaus Hasenclever la suma de $ 6.478,75 en concepto de capital, con más la suma de $ 9.199,82, en concepto de intereses, en el término de 10 días, bajo apercibimiento de ejecución. 2) Regular los honorarios del Dr. Gustavo Morlacchi en la suma de $ 7.518, Fijando en idéntico término el plazo para su pago, bajo apercibimiento de ejecución. 3) Disponer la notificación, registro y protocolización de la presente.-  Fdo.: Santiago V. Moran – Juez”.-
Publíquese por dos (2) días en la página del Poder Judicial, el Boletín Oficial de Río Negro y de la ciudad autónoma de Buenos Aires y diario de mayor circulación de Río Negro y de la ciudad autónoma de Buenos Aires.-

San Carlos de Bariloche, 19         de octubre de 2.018.-