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Nº Edicto11571
CarátulaBRIONES LILIANA ALEJANDRA S/ QUIEBRA
Nro. ExpedienteRecep.:RO-00107-C-2022
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº5 - General Roca
Fecha de publicación en la Web Judicial2022-10-27
Fecha de publicación en el Boletín Oficial2022-11-03
Nº Boletín6132
Texto

                                                               EDICTO

La Dra. Verónica I. HernÉndez, Jueza a cargo de la Unidad Jurisdiccional Civil y Comercial Nº 5, secretaria única a cargo de la Dra. Selva Aranea, Oficina de Tramitación Integral del Fuero Civil y Contencioso Administrativo -OTICCA- casilla electrónica: oticcaroca@jusrionegro.gov.ar a cargo de la Dra. Paula M. Salvagno, secretaria y coordinadora subrogante, sito en calle San Luis Nº 853 2do Piso de la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro de la 2da circunscripción judicial, comunica por el término de ley que en los autos caratulados: “BRIONES LILIANA ALEJANDRA s/ QUIEBRA” (Expte. Nº RO-00107-C-2022), con fecha 01 DE AGOSTO DE 2022 se ha decretado la quiebra de LILIANA ALEJANDRA BRIONES, DNI 25.618.161, CUIT 23-25618161-4, con domicilio en calle Nicaragua, Núcleo 35 Piso 3 Dpto. “A” de la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro. Se hace saber que se ha fijado el día 20 DE DICIEMBRE DE 2022 como fecha  hasta el cual los acreedores podrán pedir la verificación de sus créditos y títulos pertinentes (Art. 14 inc.3 y 33 LCQ);  el día  17 DE FEBRERO de 2023 para que sindicatura presente el informe individual (art. 35 LCQ) y  03 de abril de 2023 para que formule el informe general (art. 39 LCQ). Intímese a los terceros que tengan bienes del fallido en su poder a ponerlos a disposición del Sindico en el término de CINCO días, disponer la prohibición absoluta de hacer pagos al fallido, bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces (Art. 88 inc. 5º LCQ).   SINDICO designado en autos: Cra. GRACIELA FABIANA DIAZ, quien constituye domicilio en calle Tucumán Nº 661, 3º Piso, Of. 15/16.- Publíquese edictos por el término de cinco días en la forma dispuesta en el art. 89 de la LCQ, en el Boletín Oficial, en el sitio web del poder Judicial, haciéndole saber que la publicación se realizara sin previo pago y sin perjuicio de asignarse los primeros fondos que se obtengan para su abono. - GENERAL ROCA,   27        DE OCTUBRE DE 2022.

DRA. SELVA ARANEA

SECRETARIA