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EDICTO
La Dra. K. Vanessa Kozaczuk, Jueza de Primera Instancia del Juzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia N° 9, Secretaría N° 1 a cargo del Dr. F. Daniel Gutiérrez, con asiento en San Antonio Oeste - sito en Sarmiento 241 - de esta Primera Circunscripción Judicial de Río Negro, en autos "MELGAREJO, GLADYS BEATRIZ C/ ROLON, LUCIO RAUL S/ DIVORCIO (c)", Expte. Nro. SA-01033-F-0000 hace saber al Sr. Lucio Raúl ROLON DNI N° 12.925.599 de la sentencia dictada en autos: "San Antonio Oeste, 12 de octubre de 2022.- (...) RESUELVO:1.- Decretar el divorcio vincular entre Gladys Beatriz MELGAREJO, DNI. 16.834.595 y Lucio Raúl ROLÓN, DNI. 12.925.599, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 437 y siguientes del Código Civil y Comercial.-2.- Declarar disuelta la sociedad conyugal, en los términos del Art. 435 inc. "c.", con los efectos temporales dispuesto por el Art. 480 de dicho cuerpo legal.-3.- Imponer las costas por su orden (Art. 19 del CPF).-4.- Regular los honorarios profesionales del Defensor de Pobres y Ausentes interviniente Dr. Alejandro PÉREZ PIERONI, en la suma de $ 228.210,00. (30 JUS) según sentencia de Cámara "S.F.F. C/ A.J. S/ DIVORCIO(f)" Expte. 8789/2020 en trámite ante este Juzgado, debiendo ser depositada en la cuenta corriente Nº 250-900002139 CBU 0340250600900002139002 del Banco Patagonia S.A. Sucursal Viedma.-5.- Firme que se encuentre la presente, líbrese oficio a la Dirección del Registro Civil y Capacidad de las Personas de la Provincia de Buenos Aires, a fin de que proceda a la anotación marginal del presente fallo en el Acta N° 502, s/n de Folio, del Libro de Matrimonios de la Delegación de González Catán del Registro Civil de la Provincia de Buenos Aires, correspondiente al año 1980 y oportunamente expídase por Secretaría testimonio y/o fotocopia certificada de la presente.-6- Regístrese, protocolícese y notifíquese y a la Defensora de Menores e Incapaces.- Fdo.: K. Vanessa Kozaczuk, Jueza". Publíquese edictos por un día en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y por un día en la página web del Poder Judicial, Ac. 14/18 del STJ. Hágase saber que la actora cuenta con beneficio de litigar sin gastos.- San Antonio Oeste, 30 de Noviembre de 2022.-
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