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Nº Edicto11864
CarátulaINCIDENTE - COLICHEO, ANA LAURA Y GONZALEZ , MARIA ALEJANDRA Y OTROS S/ HOMOLOGACIÓN (HONORARIOS)
Nro. ExpedienteRecep.:VI-00324-L-2022
OrganismoCámara del Trabajo - Viedma
Fecha de publicación en la Web Judicial2022-12-01
Fecha de publicación en el Boletín Oficial2022-12-22
Nº Boletín6145
Texto

La Cámara del Trabajo de la Ira. Circunscripción Judicial de Rio Negro, Presidencia del Dr. Gustavo Guerra Labayén, Secretaria Nro. 2 a cargo del Dr. Martin J. Crespo, en autos caratulados:: ""INCIDENTE - COLICHEO, ANA LAURA Y GONZALEZ , MARIA ALEJANDRA Y OTROS S/HOMOLOGACIÓN (HONORARIOS)" , Expte. VI-00324-L-2022 notifica a GONZALEZ , MARIA ALEJANDRA y DUARTE, NESTOR ALCIDES - la siguiente resolución, VIEDMA, 16 de Septiembre de 2022.- Y VISTOS: En Acuerdo los presentes autos caratulados: "INCIDENTE - COLICHEO, ANA LAURA Y GONZALEZ , MARIA ALEJANDRA Y OTROS S/ HOMOLOGACIÓN", Expte. VI-00324-L-2022, y; CONSIDERANDO: I.- Que en fecha 31.08.22 se presenta la Dra. María Angélica Cartolano, por derecho propio, con el fin de promover ejecución de los honorarios regulados en la sentencia dictada en el expediente principal. II.-Que en virtud de lo dispuesto en el art. 502 del C.P.C.C., corresponde llevar adelante la ejecución contra los accionados, por la suma reclamada, a la que deberá agregarse intereses hasta la fecha de su efectivo pago en conformidad con lo resuelto por el S.T.J. mediante sentencia de fecha 3 de julio de 2.018 en autos "FLEITAS, LIDIA BEATRIZ C/ PREVENCION ART S.A. S/ACCIDENTE DE TRABAJO S/INAPLICABILIDAD DE LEY" (Expte. N° H-2RO-2082-L2015 // 29826/18-STJ). Por ello, y dejando debida constancia de que la presente se emite en los términos autorizados por los arts. 45 y 38 de la Ley Orgánica, por encontrarse el señor Juez Carlos Marcelo Valverde de licencia por razones de compensación de feria en el día de la fecha, LA CAMARA LABORAL DE VIEDMA R E S U E L V E: Primero: Llevar adelante la ejecución contra María Alejandra GONZALEZ y Néstor Alcides DUARTE por la suma de $60.000 en concepto de honorarios, calculada al 08.07.22 y a la que deberá agregarse los intereses que se devenguen hasta la fecha de su efectivo pago.- Segundo: Trabar embargo sobre cualquier acreencia que pudieran tener los ejecutados, María Alejandra González (CUIT n° 27-26645512-2) y/o Néstor Alcides Duarte (CUIT n° 20-16605996-9), en cualquier banco del pais, bajo toda moneda de curso legal sea en caja de ahorro, cuenta corriente, plazos fijos, etc., e inclusive imposiciones de créditos en criptoactivos, hasta cubrir la suma de SESENTA MIL PESOS ($60.000) en concepto de honorarios, con más la suma de OCHENTA MIL PESOS ($80.000), que se presupuestan provisoriamente para responder por intereses, costos y costas. Con tal fin, líbrese oficio al Banco Central de la República Argentina, haciendo saber que los fondos embargados deberán ser depositados en el Banco Patagonia S.A., Sucursal Viedma, a la orden de esta Cámara y como pertenecientes a estos autos, en la cuenta que se informará. Hacer saber al ejecutante que una vez efectivizada la totalidad de la medida, deberá solicitar el levantamiento del embargo dentro del término de 48 horas. Previo al libramiento del oficio ordenado precedentemente, requiérase al Banco Patagonia S.A., a través del sistema de notificaciones electrónicas, la apertura de una cuenta a la orden de esta Cámara y perteneciente a estos autos. Tercero: Imponer las costas a la ejecutada.- Cuarto: Regular los honorarios profesionales de la Dra. María Angélica Cartolano en la suma equivalente a 5 Jus + 40%. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.- Quinto: Otorgar un plazo de tres (3) días para oponer excepciones, en conformidad con lo dispuesto por el art. 505 del C.P.C.C..- Sexto: Notificar la presente mediante cédula al domicilio denunciado de los ejecutados. Se informa que la presente se encuentra firmada digitalmente por los señores Jueces Gustavo Guerra Labayén y Rolando Gaitán, y que a través de la lectura del código QR existente en la parte superior puede comprobarse su validez".
VIEDMA, 01 de diciembre de 2.022.