| Nº Edicto | 12491 |
|---|---|
| Carátula | VALDES PABLO ANTONIO S/ QUIEBRA |
| Nro. Expediente | Recep.:RO-00187-C-2023 |
| Organismo | Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº3 - General Roca |
| Fecha de publicación en la Web Judicial | 2023-03-17 |
| Fecha de publicación en el Boletín Oficial | 2023-03-23 |
| Nº Boletín | 6171 |
| Texto |
EDICTO Andrea V. de la Iglesia, Jueza a cargo de la Unidad Jurisdiccional Civil y Comercial Nº 3 a cargo de la Dra. Andrea V. de la Iglesia, jueza, secretaria única a cargo de la Dra. Patricia Anahí MUÑOZ, Oficina de Tramitación Integral del Fuero Civil y Contencioso Administrativo -OTICCA- casilla electrónica: oticcaroca@jusrionegro.gov.ar a cargo de la Dra. Paula M. Salvagno, secretaria y coordinadora subrogante, sito en calle San Luis Nº 853 2do Piso de la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro de la 2da circunscripción judicial, comunica por el término de ley que en los autos caratulados: “VALDES PABLO ANTONIO s/ QUIEBRA” (Expte. Nº RO-00187-C-2023), con fecha 6 de febrero del 2023 se ha decretado la quiebra de PABLO ANTONIO VALDES, DNI 28.402.034, CUIT 20-28402037-6, con domicilio en calle Anibal Troilo Nº 4136 de la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro. Se hace saber que se ha fijado el día 14 DE ABRIL DE 2023, hasta el cual los acreedores podrán pedir la verificación de sus créditos y títulos pertinentes (Art. 14 inc.3 y 33 LCQ), mientras que las observaciones a dichos pedidos conforme art 34 LCQ podrán formularse hasta el 28 DE ABRIL DE 2023, fijar el 31 DE MAYO DE 2023 para que sindicatura presente el informe individual (art. 35 LCQ), dictado de la resolución del art. 36 LCQ para el día 14 DE JUNIO DE 2023 y para que formule el informe general (art. 39 LCQ) para el día 28 DE JULIO DE 2023, vencimiento de plazo para hacer observaciones del art. 40 LCQ para el día 11 DE AGOSTO DE 2023; plazo para hacer observaciones a la fecha inicial de la cesación de pagos art 117 LCQ para el día 11 DE SEPTIEMBRE DE 2023; vencimiento para dictado de resolución de art. 117 LCQ para el 18 DE SEPTIEMBRE DE 2023. Intímese a los terceros que tengan bienes del fallido en su poder a ponerlos a disposición del Sindico en el término de CINCO días, disponer la prohibición absoluta de hacer pagos al fallido, bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces (Art. 88 inc. 5º LCQ). SINDICO designado en autos: Cr. VICTOR OSVALDO LAPUENTE, quien constituye domicilio en calle España Nº 1340 y en calle Tucumán Nº 661, 3º Piso, Of. 15/16 de la ciudad de General Roca.- Publíquese edictos por el término de cinco días en la forma dispuesta en el art. 89 de la LCQ, en el Boletín Oficial, en el sitio web del poder Judicial, haciéndole saber que la publicación se realizara sin previo pago y sin perjuicio de asignarse los primeros fondos que se obtengan para su abono. - GENERAL ROCA, 17 DE MARZO DE 2023.-Fdo.:Paula M. Salvagno - Secretaria y Coordinadora Subrogante OTICCA. |