| Nº Edicto | 12562 |
|---|---|
| Carátula | R.D.B. C/ S.L.E. Y S.D.P.G. S/ ALIMENTOS |
| Nro. Expediente | Recep.:SA-00374-F-0000 |
| Organismo | Juzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia Nº 9 - San Antonio Oeste |
| Fecha de publicación en la Web Judicial | 2023-03-27 |
| Fecha de publicación en el Boletín Oficial | 2023-04-03 |
| Nº Boletín | 6174 |
| Texto |
La Dra. K. Vanessa Kozaczuk, Jueza de Primera Instancia del Juzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia N° 9, Secretaría N° 2 a cargo de la Dra. Daniela Adduci, con asiento en San Antonio Oeste -sito en Sarmiento 241- de esta Primera Circunscripción Judicial de Río Negro, en autos "R.D.B. C/ S.L.E. Y S.D.P.G. S/ ALIMENTOS" Expte SA-00374-F-0000, hace saber al Sr. Lucas Emanuel SANCHEZ, DNI. 37.254.410 del inicio de la presente demanda y cíteselo para que en el término de 07 días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de designarle Defensor de Ausentes que lo represente. Asimismo, sin perjuicio de señalar que no se encuentran en esta instancia acreditados los ingresos del alimentante, conforme lo dispuesto en el Art. 544 del CCyC, estimo prudente y razonable fijar como cuota alimentaria provisoria para la niña L.N.S. la suma de $20.500,00 la que deberá ser depositada del 1 al 10 de cada mes en el Banco Patagonia S.A. sucursal San Antonio Oeste, a la orden de la suscripta y como perteneciente a estos autos, debiendo informar su cumplimiento a este Juzgado.- Para el caso de que de que posea trabajo en relación de dependencia, se procederá a descontar el 18% de los haberes que perciba por todo concepto, deducidos los descuentos de ley e igual porcentaje del Sueldo Anual Complementario, con más las asignaciones familiares, escolaridad y ayuda escolar, en caso que las perciba, debiendo ser descontado por la entidad empleadora y depositada del 1 al 10 de cada mes, en el Banco Patagonia S.A sucursal San Antonio Oeste, a la orden de la suscripta y como perteneciente a estos autos. Publíquese edictos por un día en el Boletín Oficial (Conf. Art. 2340 CCyC), y por un día en la página web del Poder Judicial, Ac. 14/18 del STJ.- Se deja constancia que el presente cuenta con beneficio de ligar sin gastos.- Secretaría, 27 de marzo de 2023.- |