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Nº Edicto13661
CarátulaVEGA SILVIO JOSE C/ PREVENCION ART S.A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO (L)
Nro. ExpedienteRecep.:RO-10483-L-0000
OrganismoCámara del Trabajo - Secretaría Nº2 - General Roca
Fecha de publicación en la Web Judicial2023-08-04
Fecha de publicación en el Boletín Oficial2023-08-10
Nº Boletín6208
Texto
EDICTO
 
El Dr. Juan A. Huenumilla, Presidente de la Cámara Segunda del Trabajo de la Segunda Circunscripción Judicial de Río Negro, Secretaría a cargo de la Dra. María Magdalena Tartaglia, con asiento en San Luis N° 853 -2do. Piso - de la ciudad de General Roca, en el que tramitan los autos caratulados: "VEGA SILVIO JOSE C/ PREVENCION ART S.A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO (L) (EXPEDIENTE N° RO-10483-L-0000)" a fin de NOTIFICAR lo dispuesto en autos: "General Roca. 3 de agosto de 2023. (...) I.- Que mediante providencia de fecha 21/03/2023 se intimó a la parte actora para que manifestara su interés en la prosecución de la causa, intimación que fue notificada mediante edicto publicado en el Boletín Oficial en fecha 15/06/2023, sin que hasta la fecha haya comparecido ante este Tribunal a manifestar interés en la prosecución de la causa, encontrándose vencido el plazo de (10) días otorgado, corresponde hacer efectivo el apercibimiento allí dispuesto y declarar la caducidad de la instancia con los efectos previstos en el Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Río Negro. Respecto a las costas, corresponde imponerlas a la parte actora, atento lo normado por el art. 73, último párrafo del CPCyC de R.N. En consecuencia y por los motivos expuestos precedentemente, la CÁMARA SEGUNDA DEL TRABAJO de la SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, con asiento en esta Ciudad, RESUELVE: I) DECLARAR la caducidad de la presente instancia, de conformidad a lo dispuesto por el art. 20 de la Ley 5631. II) IMPONER LAS COSTAS del proceso a la parte actora (conf. art. 73 del CPCyC de RN). III) REGULAR los honorarios de los Dres. LOPEZ ALANIZ MARCELO y Dra. ARROYO FABIANA en la suma conjunta de $ 140.350 (10 JUS - Valor del JUS $14.035); y los de los Dres. RODRIGUEZ, TOMAS ALBERTO y RODRIGUEZ TOMAS en la suma conjunta de $ 140.350 (10 JUS - Valor del JUS $14.035); ello de conformidad con los arts. 6, 9, 11, 21, 38 y 40 Ley 2212. Todo ello, con más el IVA correspondiente a los letrados responsables inscriptos en dicho tributo, debiendo acreditar en tal caso su condición con la constancia pertinente. Los honorarios de los profesionales se han regulado teniendo en cuenta el importe pecuniario del proceso, importancia de los trabajos realizados y calidad y extensión de los mismos. REGULAR los honorarios del perito interviniente en autos, Dr. GUSTAVO BREGLIA, en la suma de $ 35.087,50 (2,5 Jus - Valor del JUS $ 14.035 cfr. arts. 1, 2, 4, 5, 18, 20 y cctes. de la Ley 5069). Regístrese, notifíquese a las partes conf. art. 25 Ley 5631 y al actor mediante edictos y cúmplase con la ley 869. Fecho, archívense las presentes actuaciones. Dejándose constancia que se vincula al representante de Caja Forense para la notificación de esta resolución. Todo lo que ASI SE RESUELVE." FDO. DR. JUAN AMBROSIO HUENUMILLA -Presidente- DRA. DANIELA A.C. PERRAMÓN -Jueza- DRA. MARÍA DEL CARMEN VICENTE -Jueza- El instrumento que antecede ha sido firmado digitalmente en los términos y alcances de la Ley Nac. 25506 y Ley A 3997, Res. 398/05 y Ac. 12/18-STJ y se publica en el día de la fecha. Conste. Secretaría, en el día de la fecha. Ante mí: DRA. MARÍA AMGDALENA TARTAGLIA - Secretaria. Publíquese por DOS (2) días consecutivos en el Boletín Oficial. General Roca, 15 de Junio de 2023. Dra. María Magdalena Tartaglia - Secretaria.
agm
 
El instrumento que antecede ha sido firmado digitalmente en los términos y alcances de la Ley Nac. 25506 y Ley A 3997, Res. 398/05 y Ac.12/18 STJ.-