| Nº Edicto | 14016 |
|---|---|
| Carátula | DIAZ EVANGELINA ISABEL S/ QUIEBRA |
| Nro. Expediente | Recep.:RO-02099-C-2023 |
| Organismo | Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº9 - General Roca |
| Fecha de publicación en la Web Judicial | 2023-09-11 |
| Fecha de publicación en el Boletín Oficial | 2023-09-18 |
| Nº Boletín | 6219 |
| Texto |
Verónica I. Hernández, jueza, a cargo de la Unidad Jurisdiccional Civil y Comercial N° 9 (Ex Juzgado Civil Comercial de Minería Y Sucesiones) secretaría única a cargo de la Dra. Romina P. Zilvestein, Oficina de Tramitación Integral del Fuero Civil y Contencioso Administrativo -OTICCA- casilla electrónica: oticcaroca@jusrionegro.gov.ar a cargo de la Dra. Paula M. Salvagno, secretaria y coordinadora subrogante, sito en calle San Luis Nº 853 2do Piso de la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro de la 2da circunscripción judicial, comunica por el término de ley que en los autos caratulados: “DIAZ EVANGELINA ISABEL S/ QUIEBRA” (Expte. Nº RO-02099-C-2023), con fecha 24 DE AGOSTO DE 2023 se ha decretado la quiebra de EVANGELINA ISABEL DIAZ, DNI 25.089.918, CUIT 27-25089918-7, con domicilio en Villegas Nº 440 de la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro. Se hace saber que se ha fijado el día 04 DE OCTUBRE DE 2023, hasta el cual los acreedores podrán pedir la verificación de sus créditos y títulos pertinentes (Art. 14 inc.3 y 33 LCQ), fijar el 09 DE NOVIEMBRE DE 2023 para que sindicatura presente el informe individual (art. 35 LCQ), y 05 DE DICIEMBRE DE 2023 para que formule el informe general (art. 39 LCQ). Intímese a los terceros que tengan bienes del fallido en su poder a ponerlos a disposición del Sindico en el término de CINCO días, disponer la prohibición absoluta de hacer pagos al fallido, bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces (Art. 88 inc. 5º LCQ). SINDICO designado en autos: Cr. DAVID LONDERO, quien constituye domicilio en calle Sarmiento Nº 1413 y en calle Tucumán Nº 661, 3º Piso, Of. 15/16 de la ciudad de General Roca. - Publíquese edictos por el término de cinco días en la forma dispuesta en el art. 89 de la LCQ, en el Boletín Oficial, en el sitio web del poder Judicial, haciéndole saber que la publicación se realizara sin previo pago y sin perjuicio de asignarse los primeros fondos que se obtengan para su abono. - General Roca, 11 de septiembre de 2023. FDO. Paula M. Salvagno, Secretaria y coordinadora subrogante Oticca Roca. |