| Nº Edicto | 14082 |
|---|---|
| Carátula | ZOILO S.A. C/ ARAVENA RICARDO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (ORDINARIO) |
| Nro. Expediente | Recep.:CI-36052-C-0000 |
| Organismo | Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº9 - Cipolletti |
| Fecha de publicación en la Web Judicial | 2023-09-18 |
| Fecha de publicación en el Boletín Oficial | 2023-09-28 |
| Nº Boletín | 6222 |
| Texto |
Mauro Alejandro Marinucci, Juez a cargo de la UNIDAD JURISDICCIONAL Nº NUEVE, Secretaria Única a cargo de la Dra. GABRIELA ILLESCA, con asiento en calle Yrigoyen 387 1 piso de la ciudad de Cipolletti, NOTIFICA al Sr. Ricardo Aravena - DNI 10.675.814 la sentencia recaída en autos: “ZOILO S.A. c/ ARAVENA RICARDO Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS (ORDINARIO) (EXPTE. CI-36052-C-0000) dictada el 08/09/2023, que en su parte resolutiva dispone: "I.- Hacer lugar parcialmente a la demanda y condenar a Paola Vanesa Melo a abonar a la firma Zoilo SA la suma de Pesos Doscientos Noventa y Dos Mil Quinientos Veinticinco Mil con 73/100 ($ 292.525,73) dentro del plazo de diez (10) días, en concepto de capital actualizado a la fecha de la presente, sin perjuicio de los intereses que pudieran corresponder por mora desde la sentencia hasta su efectivo pago, con aplicación de la tasa de la doctrina legal del STJ, establecida en los fallos "Jerez", "Güichaqueo" y "Fleitas" (Cf. arts. 163 y 165 CPCC). II.- Rechazar la demanda interpuesta contra Ricardo Aravena y Carlos Hidalgo y consecuentemente contra Aseguradora Federal Argentina SA. III. Imponer las costas en el orden causado (Cf. Art. 68 CPCC), conforme lo expuesto en el acápite correspondiente a las costas. III. Regular los estipendios profesionales de la siguiente manera. a.- Los de las Dras. Adriana Rodriguez Carriquiriborde, apoderada de la parte actora en la suma de pesos Ciento un Mil Quinientos Cuatro $101.504 (Min. Legal. 10 IUS x1/4+ 40%) (Cf. Arts. 6, 7, 8, 9 y 10 LA + 40% por apoderamiento Valor IUS $15.616 Cf. Resolución conjunta Nº 600/23 STJ y 215/23 P.G) y los de las Dra. Mariela Garabito, Julieta Berduc y Maria Carolina Gastaldi Ferla, patrocinantes de la parte actora, en la suma de Pesos Ciento Diecisiete Mil Ciento Veinte ($117.120) en conjunto (Min. Legal. 10 IUSx 3/4) (Cf. Arts. 6, 7, 8, 9 y 11 LA -Valor IUS $15.616 Cf. Resolución conjunta Nº 600/23 STJ y 215/23 P.G) b.- Los del Dr. Walter Carrasco, patrocinante del codemandado Aravena, en la suma de pesos Pesos Ciento Cincuenta y Seis Mil Ciento Sesenta ($ 156.160) en conjunto (Min. Legal. 10 IUS - Cf. Arts. 6, 7, 8 y 9 LA -Valor IUS $15.616 Cf. Resolución conjunta Nº 600/23 STJ y 215/23 P.G). c. Los del Dr. Juan Rodrigo Navarret, patrocinante del codemandado Hidalgo, en la suma de pesos Pesos Ciento Cincuenta y Seis Mil Ciento Sesenta ($ 156.160) en conjunto (Min. Legal. 10 IUS - Cf. Arts. 6, 7, 8 y 9 LA -Valor IUS $15.616 Cf. Resolución conjunta Nº 600/23 STJ y 215/23 P.G) d.- Los correspondientes al defensor oficial, Dr. Matías Vidovic, en su carácter de patrocinante de la codemandada Melo, en la suma de Pesos Ciento Cincuenta y Seis Mil Ciento Sesenta ($ 156.160) en conjunto (Min. Legal. 10 IUS - Cf. Arts. 6, 7, 8 y 9 LA -Valor IUS $15.616 Cf. Resolución conjunta Nº 600/23 STJ y 215/23 P.G) Para efectuar dicha regulación se tuvo consideración por la naturaleza y extensión de las tareas realizadas, así como el resultado objetivo del pleito y las escalas arancelarias y valores mínimos vigentes (conf. arts. 6, 7, 8, 10, 42 y concordantes de la L.A. N° 2212). Asimismo, que la regulación no incluye el I.V.A. que pudiera eventualmente corresponder, según la situación del beneficiario frente al tributo. Cúmplase con la ley 869. Incorporar la presente al Protocolo Digital de Sentencias y hágase saber que quedará notificada conforme los términos de la Acordada N° 36/2022, Anexo I, Art. 9 inc. "a". (Fdo) Mauro Alejandro Marinucci - Juez". Otra: "Cipolletti, 14 de septiembre de 2023 (...) II.- Notifíquese la sentencia dictada al demandado Ricardo Aravena por edictos. A tal fin publíquense los mismos en el Boletín Oficial y en el sitio web del Poder Judicial (Cf. Ley Provincial 5273 y Ac. N°4/2018 del STJ) durante UN día (...). FDO. DR. MAURO MARINUCCI- JUEZ". CIPOLLETTI, 18 de septiembre de 2023.- |