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Nº Edicto14362
CarátulaHUECHE NADIA ALEJANDRA C/ HIDALGO ENRIQUE ROBERTO S/ DIVORCIO
Nro. ExpedienteRecep.:VI-00097-F-2022
OrganismoUnidad Procesal N°7 (Ex-Juzgado de Familia Nº7) - Viedma
Fecha de publicación en la Web Judicial2023-10-23
Fecha de publicación en el Boletín Oficial2023-11-09
Nº Boletín6234
Texto

E D I C T O 
B O L E T I N O F I C I A L


 
MARIA LAURA DUMPE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA, UNIDAD PROCESAL N° 7 , DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL CON ASIENTO EN VIEDMA, SECRETARIA UNICA, A CARGO DE LA DRA MARCELA VICTORIA GONZALEZ NOTIFICA,  AL SR. ENRIQUE ROBERTO FABIAN HIDALGO DNI N° 32.390.266 DE LA  SENTENCIA RECAIDA  EN AUTOS CARATULADOS: "HUECHE NADIA ALEJANDRA C/ HIDALGO ENRIQUE ROBERTO S/DIVORCIO VI-00097-F-2022.- "Viedma, 11 de octubre de 2023.- Atento lo solicitado, teniendo en cuenta las constancias de autos, notifíquese por edictos al Sr. Enrique Roberto Hidalgo de la Sentencia dictada en autos en fecha 28 de septiembre de 2023. Publíquense edictos por 2 días en el Boletín Oficial.- ""Viedma, 28 de septiembre de 2023.- Y VISTOS: Los presentes obrados caratulados: HUECHE NADIA ALEJANDRA C/ HIDALGO ENRIQUE ROBERTO FABIAN S/ DIVORCIO, Expte. Nº VI-00097-F-2022, traídos a despacho para dictar sentencia, de los que resulta; RESULTA: I) En fecha 10 de noviembre de 2.022 se presenta la Sra. Nadia Alejandra Hueche (DNI Nº32.578.440), por intermedio de su letrada apoderada peticionando el divorcio contra el Sr. Enrique Roberto Fabian Hidalgo (DNI N° 32.390.266) (art. 437 del CC y C y 126 CPF), acredita el vínculo matrimonial y acompaña propuesta en los términos del art. 438 DEL CC y C y 127 CPF. II) Acompaña copia autenticada del certificado de matrimonio, donde consta que o matrimonio el día 28 de diciembre del año 2018, en la ciudad de Viedma de la Providencia de Río Negro. III) Corrido el pertinente traslado y encontrándose debidamente notificado, según constancia de la publicación de edicto agregada el 21.09.2023 (dispuesto en fecha 29.08.2023), el demandado no se presentó en autos.- CONSIDERANDO: 1.- Con la documental acompañada ha quedado debidamente acreditados el vínculo matrimonial.- 2.- Atento a la postura sustentada por la parte actora en relación a la petición de divorcio formulada, encontrándose acreditado el vínculo matrimonial conforme la documental presentada y siendo suficiente la voluntad expresada por uno o ambos cónyuges de dar por finalizado el vínculo matrimonial, corresponde decretar el divorcio de las partes conforme lo normado por los arts. 435, 437 y 438 del C.C. y C y 126 CPF. Por lo expuesto y normas legales citadas; RESUELVO: I.- Decretar el divorcio de la Sra. Nadia Alejandra Hueche (DNI Nº32.578.440) y el Sr. Enrique Roberto Fabian Hidalgo (DNI N° 32.390.266) de conformidad con lo dispuesto por los arts. 435, 437 y 438 del Código Civil y Comercial, con los efectos temporales del art. 480 del CCyC Y 126 CPF. II.- Declarar disuelto el régimen de comunidad en los términos del artículo 475 del Código Civil y Comercial.- III.- Imponer las costas a ambas partes en forma solidaria (art. 19 CPF) IV. Regular los honorarios profesionales de la Defensora de Pobres y Ausentes interviniente, Dra. Mariela Pape y Dra. Carolina Gentile valorando la complejidad, extensión y complejidad en la suma equivalente a 28 jus, en su carácter de apoderada, debiendo ser depositada por los condenados en costas, y una vez cesado el beneficio de litigar sin gastos que asiste a la actora, en la cuenta corriente Nº 250-900002139 CBU 0340250600900002139002 del Banco Patagonia S.A. Sucursal Viedma destinada a brindar apoyo tecnológico y capacitación del recurso humano en la informatización de la gestión de los Ministerios Públicos.- V.- Firme que se encuentre la presente, líbrese oficio a la Dirección del Registro Civil y Capacidad de las Personas de Viedma, a fin de que proceda a la anotación marginal del presente fallo en el Acta 218, F°17, del libro de Matrimonios de Viedma correspondiente al año 2.018 y oportunamente expídase por Secretaría testimonio y/o fotocopia certificada de la presente.- VI.- Regístrese, y notifíquese. MARÍA LAURA DUMPÉ JUEZA".- PUBLIQUESE EDICTO POR DOS DÍAS EN EL BOLETIN OFICIAL.- 

VIEDMA, 17 de OCTUBRE  de 2023.-