| Nº Edicto | 14462 |
|---|---|
| Carátula | BANCO SANTANDER RIO S.A. C/ BIANCHI, NICOLAS ANIBAL S/ EJECUTIVO |
| Nro. Expediente | Recep.:BA-01626-C-2022 |
| Organismo | Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº5 - S.C. de Bariloche |
| Fecha de publicación en la Web Judicial | 2023-11-02 |
| Fecha de publicación en el Boletín Oficial | 2024-02-15 |
| Nº Boletín | 6261 |
| Texto |
El Dr. Cristian Tau Anzoategui, Juez a cargo de la Unidad Jurisdiccional N° 5 de la Tercera Circunscripción Judicial de la Provincia de Rio Negro, Secretaria única a cargo del Dr. Iván Sosa Lukman Coordinación de la Oficina de Tramitación Integral Civil y Contencioso Administrativo (OTICCA) a cargo de la Dra. Valeria Mori sito en Juramento 190 Piso 5to. de esta ciudad, en autos caratulados BANCO SANTANDER RIO S.A. C/ BIANCHI, NICOLAS ANIBAL S/ EJECUTIVO BA-01626-C-2022) cita y emplaza a NICOLAS ANIBAL BIANCHI DNI 23.776.338 para que en el término de 5 días comparezca a constituir domicilio, cumplir la sentencia monitoria dictada en autos el 14/12/22, que en su parte pertinente dice: ...(...) IV)..llevar adelante la ejecución contra NICOLAS ANIBAL BIANCHI DNI 23776338 hasta que pague el capital reclamado de $8.092.750,51 más los intereses moratorios a calcularse de acuerdo a las tasas determinadas oportunamente por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia... estimándose provisionalmente por intereses y costas la suma de $5.000.000. V) Regular los honorarios de Magdalena Sanguinetti, Juan Ignacio Sarmiento y Santiago Tomas Sarmiento, en forma conjunta e idénticas proporciones en la suma de $800.000, por todo concepto de acuerdo a lo expresado en los considerando que anteceden. VI) Hacer saber al ejecutado que en cinco días hábiles contados desde su notificación deberá constituir domicilio, cumplir esta sentencia monitoria depositando en una cuenta judicial a nombre de estos autos el capital de condena más la suma estimada para intereses y costas, o en su defecto oponerse deduciendo las excepciones previstas en la ley, bajo apercibimiento de pasarse directamente a la etapa de cumplimiento forzado de la sentencia si no se efectúa el depósito ni se deduce excepciones (artículos 542 y 544 del CPCC), y de notificarle las providencias sucesivas en los términos de los artículos 40, 41 y 133 del código citado si no constituye domicilio. VII) Hacer saber que la regulación provisional de honorarios se convertirá automáticamente en definitiva si el ejecutado no opone excepciones ni la recurre, y que en caso de oposición de excepciones quedará sin efecto y será reemplazada por otra definitiva una vez resueltas esas defensas... bajo apercibimiento de pasarse directamente a la etapa de cumplimiento forzado de la sentencia si no se efectúa el depósito ni se deduce excepciones (artículos 542 y 544 del CPCC), y de notificarle las providencias sucesivas en los términos de los artículos 40, 41 y 133 del código citado si no constituye domicilio, bajo apercibimiento de designársele por sorteo un defensor oficial para su representación en el proceso. El presente edicto deberá publicarse por dos días en el Boletín Oficial y en la pagina web del Poder Judicial. San Carlos de Bariloche a los 2 días del mes de noviembre de 2023. |