| Nº Edicto | 14705 |
|---|---|
| Carátula | 'CEVEY, SANDRA ANALIA C/ FREDES, ANGEL CASIANO MANUEL S/ ALIMENTOS' |
| Nro. Expediente | Recep.:VR-12418-F-0000 |
| Organismo | Juzgado de Familia - Villa Regina |
| Fecha de publicación en la Web Judicial | 2023-12-05 |
| Fecha de publicación en el Boletín Oficial | 2024-02-08 |
| Nº Boletín | 6260 |
| Texto |
EDICTO. La Dra. CLAUDIA E. VESPRINI, Juez a cargo del Juzgado de Familia - Villa Regina de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, Secretaría a cargo de la Dra. Natalia Alejandra Rodríguez Gordillo, con asiento de funciones en Complejo Judicial Ciudad Villa Regina, sito en Av. General Paz N° 664, Provincia de Río Negro, NOTIFICA al Sr. ANGEL CASIANO MANUEL FREDES DNI 26.448.313, que con fecha 28 días de julio de 2023 en autos VR-12418-F-0000, se dicto Sentencia: "En la ciudad de General Roca, a los 28 días de julio de 2023. Habiéndose reunido en Acuerdo los Sres. Jueces de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, con asiento en esta ciudad, para dictar sentencia en los autos caratulados: "´CEVEY, SANDRA ANALIA C/ FREDES, ANGEL CASIANO MANUEL S/ ALIMENTOS´" (Expte.n VR-12418-F-0000), (...) RESULTA: (...) Y CONSIDERANDO: (...) RESUELVE: 1.- Hacer lugar a la apelación de la parte actora, determinando la cuota alimentaria en 8,80 Jus, con costas al alimentante, todo como resulta de los considerandos.- 2.- Revocar la regulación de honorarios de primera instancia y en función del art. regular los honorarios de las Dras. Graciela Tempone y Natalia Mones, patrocinante de la actora, en la suma conjunta equivalente a 12 Jus al momento del pago y por la actividad en segunda instancia, el 30 % de dicha regulación, en forma conjunta (Arts. 6, 7, 8, 31, 40 y 15 MB: 8,80 Jus X 12: 105,6 Jus) y cc. Ley G Nº G-2212); todo como surge de CÁMARA APELACIONES EN LO CIVIL, COMERCIAL, FAMILIA Y MINERÍA - GENERAL ROCA 16 / 16 los considerandos.- Regístrese, notifíquese de conformidad con lo dispuesto en la Acordada 36/2022-STJ, Anexo I, Artículo N° 9 y oportunamente vuelvan. VICTOR DARIO SOTO JUEZ DE CÁMARA GUSTAVO ADRIAN MARTINEZ JUEZ DE CÁMARA DINO DANIEL MAUGERI JUEZ DE CÁMARA (EN ABSTENCIÓN) Se deja constancia que el Dr. MAUGERI no firma la presente Resolución por encontrarse en uso de Licencia, habiendo participado del Acuerdo. Conste.- Ante mi: PAULA CHIESA SECRETARIA".- En consecuencia, publíquese edictos por dos días en el sitio web del Poder Judicial (conf. Ley Provincial 5273 y la Ac.N°4/2018 del STJ), a los efectos de notificar en los términos del Art. 62 del CPCCC al Sr. Angel Casiano Manuel Fredes .Confección y diligenciamiento a cargo de la parte. Fdo. VESPRINI, CLAUDIA ELIZABETH. JUEZA". VILLA REGINA, 05 de diciembre de 2023. RODRIGUEZ GORDILLO, NATALIA. SECRETARIA. |