| Nº Edicto | 15208 |
|---|---|
| Carátula | CONSORCIO RIEGO Y DRENAJE DE VILLA REGINA GENERAL ENRIQUE GODOY Y CHICHINALES C/ SUCESION DE FEDALTO EMILIO JOSE S/ EJECUTIVO |
| Nro. Expediente | Recep.:RO-00862-C-2022 |
| Organismo | UNIDAD JURISD CONTENCIOSO ADM N° 15 2DA CJ (UJCA) |
| Fecha de publicación en la Web Judicial | 2024-03-08 |
| Fecha de publicación en el Boletín Oficial | 2024-03-21 |
| Nº Boletín | 6272 |
| Texto |
El Dr. Matías Gastón Lafuente Juez a cargo de la Unidad Jurisdiccional Contencioso Administrativa N° 15 Secretaría Única a cargo de la Dra. Silvia Soledad Romano, con sede en San Luis 853 - 2do. Piso de la ciudad de General Roca hace saber que con fecha 14 de junio de 2023, se ha dictado sentencia monitoria en los autos: "CONSORCIO RIEGO Y DRENAJE DE VILLA REGINA GENERAL ENRIQUE GODOY Y CHICHINALES C/ SUCESION DE FEDALTO EMILIO JOSE S/ EJECUTIVO", Ex. PUMA N° RO-00862-C-2022., mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado FEDALTO EMILIO JOSE, haga al acreedor CONSORCIO RIEGO Y DRENAJE DE VILLA REGINA GENERAL ENRIQUE GODOY Y CHICHINALES, íntegro pago de la suma de $190.192,44, con más intereses, costos y costas de la ejecución (arts. 68 y 539 del C.P.C.yC.). II.- Fijar en la cantidad de $95.096 la suma presupuestada provisoriamente para intereses y costas, sujeta a la liquidación definitiva. Se hace saber que dentro del plazo de CINCO días, con más la ampliación que corresponda en razón de la distancia (art. 158 CPCC), el demandado deberá oponer las excepciones previstas por el art. 544 del CPCC, lo que deberá hacerse en un solo escrito y conjuntamente con el ofrecimiento de prueba, bajo apercibimiento de ejecución (art. 542 CPCC) y tome la intervención que le corresponda en este proceso, bajo apercibimiento de designarle DEFENSOR DE AUSENTES. Publíquense dichos edictos por el término de un día en la página web del Poder Judicial y en el Boletín Oficial. General Roca, 8 de marzo de 2024.- Paula M. Salvagno, Secretaria Coordinadora subrogante Oticca Roca. |