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Nº Edicto15514
CarátulaPRESTAR S.A. C/ BARITOLI DANIEL CELIO S/ EJECUTIVO (C)
Nro. ExpedienteRecep.:VI-15936-C-0000
OrganismoUnidad Jurisdiccional N° 1 - Ex Civil N° 1 - Viedma
Fecha de publicación en la Web Judicial2024-04-19
Fecha de publicación en el Boletín Oficial2024-05-16
Nº Boletín6286
Texto

La Dra. Julieta Noel Díaz, Juez de la Unidad Jurisdiccional N° 1 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Rio Negro con asiento en la ciudad de Viedma, hace saber, por él termino de un (1) día en autos caratulados “PRESTAR S.A. C/ BARITOLI DANIEL CELIO S/ EJECUTIVO © EXPTE. N° VI-15936-C-0000 en trámite ante Secretaria Única a cargo del Dr. Gustavo Tenaglia, que el martillero Salvador Daniel Sánchez procederá a la subasta judicial el día miércoles 05 de Junio de 2024 a las 11,30hs. en calle Avda. Alvear N° 851 de VIEDMA, el 100% del bien ubicado en la Provincia de Rio Negro, Departamento de Conesa, paraje “Colonia Frías” N.C.: 10-3-S-005-01. (Designación anterior chacra 83) Corresponde al plano Duplicado 476, Inscripto al RPI a la Matricula 10-2954. Resulta una Chacra actualmente sembrada con pastura, maíz, cebolla; apto para cría de ganado, con riego, dividida en dos (2) cuadros, alambre perimetral de (7) hilos, posee construido una vivienda prefabricada. Chacra Ocupada por el Sr. Montovio Emmanuel y Sr. Subia Miguel en carácter de arrendatarios, sin presentar contrato de alquiler en el procedimiento de constatación. CONDICIONES DE VENTA: BASE $ 35.714.195.-  seña, 50% al momento de la subasta y el saldo del precio deberá ser depositado dentro de los cinco (5) días de aprobada la misma. Comisión del martillero (3%) a cargo del comprador (Art.27 inc. a) Ley 2.051). DEUDAS: A la A.R.T. de la Pcia. De Rio Negro  SIN DEUDA, Certificado L. Deuda N° 838393 al 11-05-2023. Al Distrito de Riego Conesa, a) (48ha con riego) Suvia Miguel A. $ 159.649,34 y b) (42ha con riego) Rossi Escuer Hermanos. $ 40.093,91 según informe N° 167 al 12-5-2023. Todas las deudas serán a cargo del comprador de bienes adquiridos en subasta judicial, deberá hacerse cargo del pago de impuestos, tasas y contribuciones desde el momento en que queda firme el auto respectivo de aprobación de la subasta judicial, como así también que, en caso de existir deudas exigibles anteriores a dicha oportunidad procesal deberá en su caso, repetirlas del ejecutado. (arts. 563, 564, 565, 566, 572, y ssgtes. y art. 578 del C.P.C.C.). Venta sujeta a aprobación judicial. En caso de adquisición, por comisión el comprador deberá indicar dentro del tercer día de realizada la subasta, el nombre del comitente en escrito firmado por ambos, debiendo el mismo constituir domicilio en esa presentación, conforme lo dispuesto en el art. 571 del C.P.C.C. en el radio del juzgado conforme Art. 40 C.P.C.C., bajo apercibimiento que las sucesivas providencias se le tendrán por notificadas automáticamente en la forma prevista por el Art. 133 C.P.C.C. VISITAS: consultas con el martillero al te. 02920-15604618. LUGAR DE LA SUBASTA: En calle Av. Alvear N° 851 (Colegio de Martilleros) de Viedma. Fdo. María Eugenia Gutiérrez Elcarás-Coord. OTICCA-Viedma, 19 de abril de 2024.